El Cronista @cronistacom: Empleados de Comercio: cuándo se define el próximo aumento

Empleados de Comercio: cuándo se define el próximo aumento

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresariales definirían esta semana el nuevo acuerdo paritario con aumento para los trabajadores mercantiles.

«Creemos que esta semana se va a cerrar el acuerdo, aunque ha pasado en anteriores ocasiones que por algún punto o cuestión en debate se retrasó algunos días», le confió a El Cronista una fuente vinculada a la negociación.

Esta revisión salarial se acoplará a la suba del 19,5% consensuada en abril junto a los montos no remunerativos.

Según el acta homologada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de la Resolución 647, las mejoras en tres tramos ya acreditadas se calcularon sobre los básicos del cuarto mes del año.

«Todos los incrementos porcentuales se liquidarán conforme las escalas básicas convencionales correspondientes al mes de abril de 2023», señaló el punto 2°.

Empleados de Comercio: de cuánto fue la suba acordada en abril

El acuerdo firmado por la FAECyS; la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC); la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) estableció una suba del 19,5% a pagar en tres cuotas del 6,5% mensual, aplicables sobre los básicos de abril y la liquidación de dos cuotas no remunerativas de $ 12.500 cada una.

En tanto, el punto 4° estableció que las partes firmantes «asumen el compromiso de reunirse en el mes de julio, a iniciativa de cualquiera de ellas» y a fin de analizar las escalas salariales convencionales, sumas, porcentajes, incorporaciones, «atento las variaciones económicas».

Empleados de Comercio: de cuánto fue la liquidación de junio 2023

Los trabajadores mercantiles absorbieron en la liquidación de junio 2023 el último tramo de aumento del 6,5% correspondiente a su paritaria junto al bono de $ 12.500.

CATEGORÍA BÁSICO ANTES DEL AUMENTO NUEVO BÁSICO TRAS EL AUMENTO ADICIONAL POR AÑO DE ANTIGUEDAD
Maestranza y Servicios
A 183.927,23 195.152,84 1.951,53
B 184.459,68 195.717,00 1.957,18
C 186.325,13 197.697,09 1.976,97
Administrativo
A 185.925,79 197.273,38 1.972,73
B 186.725,87 198.122,29 1.981,22
C 187.525,02 198.970,21 1.989,70
D 189.923,86 201.515,45 2.015,15
E 191.922,42 203.635,99 2.036,36
F 194.854,17 206.746,68 2.067,47
Cajero
A 186.591,82 197.980,06 1.979,80
B 187.525,02 198.970,21 1.989,70
C 188.724,44 200.242,83 2.002,43
Personal Auxiliar
A 186.521,82 197.980,06 1.979,80
B 187.924,36 199.393,92 1.993,94
C 192.322,22 204.060,20 2.040,60
Auxiliar Especializado
A 188.191,52 199.677,39 1.996,77
B 190.589,89 202.222,13 2.022,22
Vendedor
A 186.591,82 197.980,06 1.979,80
B 190.590,36 202.222,63 2.022,23
C 191.922,42 203.635,99 2.036,36
D 194.854,17 206.746,68 2.067,47

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