El Gobierno nacional apelará el fallo de la Justicia y cambia la estrategia para evitar la caída del DNU
El Gobierno de Javier Milei apelará el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dado a conocer esta tarde que suspende el apartado de la reforma laboral publicado en el DNU desregulador de la economía. Esto será establecido a través de un escrito formulado por Rodolfo Barra, el titular de la Procuración del Tesoro.
El documento formulado por el equipo judicial que representa al Estado Nacional será dado a conocer en las próximas horas y forma parte de un primer capítulo de la disputa en el terreno de Tribunales, allí deberá pasar el oficialismo a raíz de la publicación del Decreto de Necesidad y Urgencia N°70/23, que abarca cerca de 366 artículos de diferentes ámbitos.
El tribunal de feria hizo lugar al pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), que había apelado una resolución de primera instancia, y dispuso el dictado de una medida cautelar hasta tanto se analice la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma.
«Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados», decidieron los jueces por mayoría.
La decisión fue adoptada con los votos de los magistrados José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo junto con la jueza Dora González, que postuló remitir la causa a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que allí se defina el expediente.
Qué hará el Gobierno ante la suspensión de la reforma laboral
Ante esta decisión del foro laboral, el Gobierno se encuentra obligado a realizar una apelación pronta del fallo para continuar el rumbo del tratamiento judicial y así evitar la suspensión de la reforma.
El instrumento específico se denomina Recurso Extraordinario Federal el cual constituye el instrumento procesal mediante el cual se habilita, en última instancia, el control de constitucionalidad por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien no tendrá plazo específico para tomar una decisión al respecto.
Aun así, el máximo tribunal judicial se mostró comprometido al respecto de la discusión de la constitucionalidad del DNU.
Días atrás, respondieron en un lapso cercano de 12 horas un pedido formulado por el gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, quien les solicitó a los ministros una acción declarativa de certeza sobre el decreto y un pedido de cautelar. A ello, la Corte se mostró dispuesta a tratar el caso tras la finalización de la feria judicial de enero, dando un plazo prudente para que la política pueda resolver por sus medios parte de las disyuntivas planteadas por el DNU.
Cuando el procurador Barra (quien es nada más y nada menos que el jefe de los abogados que defienden al Estado) presente el escrito que plantea la incompetencia del fallo, será la Corte la que determine la validez del mismo.
La estrategia del Gobierno
La judicialización del DNU desregulador de la economía siguió diferentes vías que eran más o menos buscadas por el oficialismo.
En un principio, el Gobierno buscó dilatar la aplicación del decreto la mayor cantidad de días posibles. A pesar de que el Boletín Oficial con la ratificación de las medidas fue publicado el 21 de diciembre, el equipo de Legal y Técnica no incluyó el apartado «obligatorio» para que aquel documento rija el mismo día de su emisión y lo hiciera automáticamente el día 30 de ese mes: un sábado y con la feria judicial cerca de comenzar.
En tanto, también resulta clave entender qué cuestiones abarca cada fallo o pedido de cautelar. Una de las discusiones residió en la cantidad de foros competentes para debatir cada demanda. El titular del juzgado federal 2 del contencioso administrativo, Esteban Furnari, fue quien se inscribió primero en la Registro de Procesos Colectivos, lo que le permitió encauzar todas las demandas similares que fueran hechas en base a la constitucionalidad de todo el DNU.
Sin embargo, la cautelar perdida por la CGT fue específicamente sobre el Capítulo 4 referido a las medidas que hacen específicamente a la reforma laboral. «La dispersión favorece al cuestionamiento al decreto, porque permite analizarlo en general en el ámbito del contencioso y de lo particular depende de las cuestiones que son afectadas», explicó a El Cronista el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, quien fue uno de los primeros especialistas que presentó un recurso de amparo en contra del DNU.
Así, agrego: «Si son demandas por una afectación contra los derechos de los trabajadores y la huelga va al foro laboral, si es contra los consumidores va al civil y comercial, si es contra propietarios e inquilinos va al civil nacional, así debería ser». «La estrategia de la invalidación de la declaración de inconstitucionalidad y la nulidad absoluta puede ser en su totalidad, porque no se dan los requisitos de habilitación que establece la constitución, y sustancialmente, porque afecta derechos y garantías consagrados en la constitución en los tratados de derechos humanos», completó.
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