El Cronista @cronistacom: Cambian los vuelos: el Gobierno suma más protección a los derechos del pasajero y su equipaje, ¿qué se modifica?

Cambian los vuelos: el Gobierno suma más protección a los derechos del pasajero y su equipaje, ¿qué se modifica?

El Gobierno modificó el contrato entre los pasajeros y las aerolíneas a la hora de volar, con cambios sobre el manejo del equipaje y mayor cobertura ante accidentes.

Lo hizo a través del Decreto 809/2024 publicado en el Boletín Oficial este martes, a través del cual se aprobó el «Reglamento del contrato aéreo y equipaje – Protección de los derechos del pasajero usuario del transporte aéreo».

Además, se crearon nuevas condiciones generales para el contrato de transporte aéreo de carga y se estableció un reglamento para pagos adelantados en caso de muerte o lesiones corporales de pasajeros en accidentes de aviación.

Finalmente, para facilitar la resolución de conflictos entre pasajeros y las aerolíneas, se creó un nuevo servicio de conciliación para pasajeros de transporte aéreo, un sistema electrónico que funciona de manera voluntaria, ágil y gratuita.

Esto aplica tanto para los vuelos de aerolíneas nacionales como internacionales y se alinea con las amplias desregulaciones al mercado aerocomercial dispuestas en el mega DNU 70/2023 de Javier Milei y Federico Sturzenegger.

Los cambios se tomaron a raíz de las propuestas de la Comisión de Reglamentación del Código Aeronáutico creada por el mismo DNU, la cual «entendió que el vínculo jurídico entre el pasajero y las líneas aéreas ha variado dinámicamente en los últimos 25 años», por lo que se precisan cambios en las normas que lo regulan.

El decreto «surge de la necesidad de actualizar y armonizar la legislación argentina con los estándares internacionales en materia de transporte aéreo, buscando un mercado más competitivo, eficiente y seguro, a la vez que se protegen los derechos de los pasajeros», marca la medida en sus considerandos.

Y agrega que «las necesidades actuales del mercado aerocomercial y el nuevo esquema de política de aviación comercial, con el cual se aspira al funcionamiento adecuado del mercado, la libre competencia, la libertad de acceso al mercado y la mayor eficiencia, requieren ordenamientos jurídicos que amparen a los pasajeros»: ¿Qué cambios se incluyeron?

Cambian los vuelos: ¿Qué beneficios se introducen para los pasajeros?

El nuevo Reglamento del Contrato Aéreo de Pasajeros y Equipaje, aprobado por el Decreto 809/2024, introduce cambios significativos en la protección de los derechos del pasajero en comparación con la normativa anterior, la Resolución Nº 1532/98.

Estas modificaciones buscan alinear la legislación argentina con los estándares internacionales y mejorar la experiencia del pasajero en un mercado aerocomercial liberalizado. Los principales cambios son los siguientes:

Derechos del pasajero ante cancelaciones y reprogramaciones

El nuevo reglamento establece alternativas de solución más específicas para el pasajero en caso de cancelación o reprogramación de vuelos por causas imputables al transportador. También define claramente los servicios incidentales que las aerolíneas deben brindar en caso de demoras, como comidas, alojamiento y traslados. En detalle, esto implica:

  • La aerolínea debe realizar las gestiones necesarias para reubicar a los pasajeros afectados por la cancelación, especialmente si la situación implica la pérdida de un vuelo en conexión;
  • La aerolínea debe ofrecer la posibilidad de viajar en el siguiente vuelo disponible al mismo destino, transferir el contrato de transporte a otras aerolíneas con las que tenga convenio de aceptación en contingencias o reencaminar al pasajero por otra ruta para llegar a destino.
  • Si la cancelación genera demoras, el transportador debe proporcionar comidas y refrescos en caso de que la espera supere las cuatro horas, al igual que alojamiento y traslados si la espera supera las ocho horas.

Cabe señalar que la aerolínea no está obligado a brindar estos servicios si la cancelación se debe a circunstancias meteorológicas, caso fortuito o fuerza mayor. Sin embargo, debe informar adecuadamente a los pasajeros sobre la situación.

La cancelación debe informarse al pasajero con al menos quince días de anticipación a la salida programada del vuelo. Es importante destacar que, si el pasajero acepta voluntariamente el transporte en las condiciones ofrecidas, no tendrá derecho a reclamos posteriores.

Overbooking

Se establecen los derechos del pasajero en caso de denegación de embarque por overbooking, incluyendo el derecho a compensación y servicios incidentales. También se regula la figura del Pasajero Voluntario que cede su plaza a cambio de una compensación.

Reembolsos 

Los cambios también especifican los plazos y procedimientos para la solicitud y el otorgamiento de reembolsos al pasajero, tanto por parte del transportador como del intermediario.

Ahora, cuando un pasajero solicite el reintegro de su contrato de transporte aéreo, la aerolínea deberá realizarlo dentro de los 30 días siguientes a la solicitud.

Cabe señalar que este plazo corre a partir de la solicitud del pasajero y no desde la fecha de cancelación o cambio del vuelo. El reintegro deberá:

  • Realizarse por el mismo medio de pago utilizado para la compra;
  • Ser en la misma moneda que recibió la aerolínea, utilizando el tipo de cambio de la fecha de emisión del contrato. El transportador no está obligado a pagar diferencias de cambio.
  • Alinearse a las regulaciones del país donde se adquirió el pasaje y del país donde se realiza el reembolso.

Transparencia en la comercialización

Se prohíbe el cobro por servicios opcionales no solicitados y se establecen mecanismos para garantizar la información clara y detallada al pasajero durante el proceso de compra del billete.

Protección de datos personales

Se regula el tratamiento de datos personales del pasajero por parte del transportador, garantizando su protección y limitando su uso.

Trato digno

Se garantiza el trato digno y respetuoso al pasajero durante todo el proceso de viaje, desde la compra del billete hasta la finalización del mismo.

Pasajeros con necesidades especiales

Se establecen derechos específicos para pasajeros con discapacidad, movilidad reducida, mujeres embarazadas y pasajeros que viajen con animales, garantizando su accesibilidad y un trato adecuado.

Servicio de Conciliación

Se crea un Servicio de Conciliación para Pasajeros de Transporte Aéreo para la resolución ágil de controversias entre pasajeros y transportadores.

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