El Cronista @cronistacom: Cambia la ley: los pensionados que perderán su beneficio y dejarán de cobrar

Cambia la ley: los pensionados que perderán su beneficio y dejarán de cobrar

El Gobierno Nacional modificó los requisitos para mantener las pensiones no contributivas. Esto implicará la suspensión o baja del beneficio para quienes no cumplan con la normativa

El objetivo principal de estas medidas es fortalecer los controles sobre las prestaciones que gestiona la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Una de las modificaciones más importantes se refiere al requisito de residencia en el país. A través de la resolución 918/2024, el Gobierno estableció que los titulares de estos beneficios no podrán ausentarse del territorio de la República Argentina por un período superior a 90 días corridos.

Los pensionados podrán cobrar según el calendario de pagos. 

ANSES: ¿a quiénes afecta este cambio?

Esta regulación de la administración nacional impacta directamente a quienes perciben:

  • Pensiones no contributivas.
  • Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM)

¿Qué sucede si no se cumple el requisito de residencia?

Si ANSES verifica que un beneficiario permaneció fuera del país por más de 90 días corridos, utilizando información de sus propias bases de datos y de la Dirección Nacional de Migraciones, se procederá a la suspensión del beneficio.

Para las pensiones no contributivas, la suspensión se mantendrá hasta que el titular solicite la activación del beneficio y demuestre fehacientemente que reside nuevamente en el país

Sin embargo, la normativa también advierte que, en algunos casos, el incumplimiento del requisito de residencia podría implicar la pérdida definitiva del derecho al beneficio.

Los beneficiarios deberán solicitar la reactivación de la prestación.

¿Qué puedo hacer si mi pensión es suspendida?

Si la pensión no contributiva es suspendida por incumplir el requisito de residencia, se podrá solicitar un recurso de reconsideración a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), requiriendo un turno presencial en ANSES.

Cronograma de pagos: cuándo cobro si soy pensionado

Jubilaciones y pensiones que no superan un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0, a partir del día 9 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 1, a partir del día 10 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 2, a partir del día 11 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 3, a partir del día 14 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 4, a partir del día 15 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 5, a partir del día 15 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 6, a partir del día 16 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 7, a partir del día 21 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 8, a partir del día 22 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 9, a partir del día 23 de abril de 2025.

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Jubilaciones y pensiones que superan un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 24 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 25 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 28 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 29 de abril de 2025.
  • Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 30 de abril de 2025.

Pensiones No Contributivas (PNC)

  • 9 de abril de 2025: DNI terminados en 0, 1, 2 y 3.
  • 10 de abril de 2025: DNI terminados en 4, 5, 6 y 7.
  • 11 de abril de 2025: DNI terminados en 8 y 9.

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