Alivio Fiscal para Pymes de AFIP: a un mes del anuncio, ¿cuándo se va a aplicar?
Hace un mes, el Gobierno anunció que aplicaría un Alivio Fiscal sobre las cuotas de los planes de pago
de la Ley 27.653 dispuesta en 2021 para fortalecer la salida económica tras la pandemia del Covid-19 de personas humanas y pequeñas empresas.
Luego de que, en abril de este año, los pagos de este programa pasaran a ajustarse por Tasa Badlar, lo que empujó un incremento de hasta un 285%, el Ministerio de Economía se vio obligado a asistir en el pago a las pequeñas empresas afectadas por el brusco cambio de régimen de cálculo.
Tal como explica el tributarista Sebastián Domínguez, estos planes de facilidades de pago al principio tenían «una tasa de financiación del 1,5% mensual», la cual corrió para los primeros 12 meses, de abril del 2022 a marzo del 2023, «con reducciones de acuerdo a la fecha de adhesión».
En su momento, accedieron a este beneficio micro y pequeñas empresas con certificado MiPyME, entidades sin fines de lucro y similares, y personas humanas y sucesiones indivisas de pequeños contribuyentes adheridos a los planes de pago.
Sin embargo, dado que a partir de abril del 2023 la corrección de las cuotas comenzó a calcularse en base a la Tasa Badlar, se vieron incrementos de hasta el 285% según las cuotas del plan.
Es por esto que AFIP dispuso el mes pasado el establecimiento de «una espera de una proporción de los intereses de las cuotas de los planes de pago con vencimientos de junio a diciembre de 2023», explica el titular de SDC Asesores tributarios.
Alivio impositivo para pymes: la escala de pagos
Así, el objetivo era brindar alivio a los deudores con las siguientes escalas de pagos:
Cantidad de Cuotas del Plan |
Deuda Incluida en Plan |
Cuota Actual |
Cuota Junio a Diciembre |
Alivio Fiscal |
120 |
$ 1.200.000 |
$ 71.500 |
$ 32.500 |
55% |
120 |
$ 5.400.000 |
$ 336.000 |
$ 153.400 |
54% |
89 |
$ 100.000 |
$ 5.600 |
$ 2.8600 |
49% |
68 |
$ 68.000 |
$ 4.400 |
$ 2.405 |
45% |
Sin embargo, tal y como recuerdo el tributarista, poco más de un mes después del anuncio del alivio fiscal, la AFIP «no ha establecido la espera anunciada»; por ende, los titulares de los planes de pago aún deben pagar los montos originales tal como se dispararon en abril en línea con la Tasa Badlar.
Alerta AFIP: se triplican las cuotas de los planes de pago, ¿a quiénes afecta?
Aunque el especialista reconoce que «si bien la tasa BADLAR para bancos privados del 72% es menor a la inflación anual actual», subraya que el problema real es que las cuotas de los planes de pago prácticamente se triplicaron en un brusco salto.
«Las empresas en esta situación de crisis tienen problemas para poder cancelarlas», advierte Domínguez y, frente a este dilema, se pregunta si esto implica «una marcha atrás en la medida anunciada».
Por lo pronto, ni AFIP ni la cartera de Economía se expresaron nuevamente al respecto y las MiPyMes aguardan novedades. «En el contexto económico actual, sería conveniente que el Congreso Nacional modifique la Ley 27.653 y establezca un tope a la tasa aplicable que permita a las empresas poder cumplir con sus obligaciones por planes de facilidades y por sus obligaciones corrientes», cierra al respecto el analista.
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