Podrán utilizar el crédito para cancelar obligaciones futuras del mismo régimen simplificado a través de la cuenta corriente de la AFIP, o bien solicitar su devolución y/o acreditación en la página web de la Dirección General de Rentas.
+ INFO: https://t.co/fwYQvXhGqe https://t.co/QI7sbgXZvn
Podrán utilizar el crédito para cancelar obligaciones futuras del mismo régimen simplificado a través de la cuenta corriente de la AFIP, o bien solicitar su devolución y/o acreditación en la página web de la Dirección General de Rentas.
+ INFO: https://t.co/fwYQvXhGqe pic.twitter.com/QI7sbgXZvn— Errepar (@errepar) June 9, 2021
Compartilo en Twitter
Compartilo en WhatsApp
Leer en https://twitter.com/errepar/status/1402697851558367237