Moratoria ampliada 2020: situaciones especiales respondidas por la AFIP
secretaría para la pequeña y mediana empresa y emprendedores
Hacemos una recopilación de consultas frecuentes difundidas en la web de la AFIP respecto de determinados temas de la moratoria 2020, las cuales no surgen directamente de los textos legales.
¿Existe limitación respecto de la cantidad de planes susceptibles de refinanciación? ¿Cómo serán computados en la concurrencia de planes dispuesta por el régimen de financiación permanente de la RG 4268/18?
La refinanciación se debe realizar de forma individual «plan por plan», resultado la misma opcional respecto de cada uno.
Por otra parte, si refinancia a través de la Moratoria un plan vigente que está siendo computado en los límites del plan permanente de la RG 4268/18, el mismo dejará de computar en los referidos límites.
Fuente: DI PYNR – ID 25156827
¿Cuál es el plazo de emisión del «Certificado MiPYME» para los contribuyentes que requieren algún tipo de trámite adicional? (por ejemplo: contribuyentes exentos que deben completar luego de procesado el formulario 1272 la declaración de ventas exentas, contribuyentes que poseen vinculación con otra PYME nacional, etc.)
Los plazos de emisión del «Certificado MiPyME» son ajenos a este Organismo, que solo se limita a poner a disposición el servicio web para enviar la solicitud de inscripción. Las acciones posteriores son de competencia de la Secretaría para la Pequeña y Mediana Empresa y Emprendedores, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Fuente: DI PYNR – ID 25160925
Un contribuyente residente en el país que detenta el «Certificado MIPyME» posee una deuda del impuesto sobre los bienes personales por su condición de responsable sustituto de un residente en el exterior. ¿La deuda proveniente de su condición de responsable sustituto se encuentra comprendida en el régimen de regularización? Cabe destacar en este punto que no se trata de una obligación en cabeza de un responsable por deuda ajena en los términos de la doctrina del fallo «Rectificaciones Rivadavia«, puesto que la condición de este sujeto frente a la obligación es de responsabilidad directa frente a la Administración Federal.
La deuda proveniente de su condición de responsable sustituto de un residente en el exterior se encuentra comprendida dentro del régimen.
Fuente: DI PYNR – ID 25173219
Los saldos a favor en SICORE, registrados como de «Libre disponibilidad» en el sistema de «Cuentas Tributarias», ¿pueden utilizarse para compensar capital, multas firmes e intereses no condonados en el marco de la moratoria prevista por la Ley 27541?
Sí, los saldos a favor en SICORE registrados en el sistema de «Cuentas Tributarias» como de «Libre disponibilidad» se encuentran habilitados como origen para compensar capital, multas firmes e intereses no condonados en el marco de la moratoria prevista por la ley 27541.
Fuente: DI PYNR – ID 25175268
Moratoria ampliada 2020: situaciones especiales respondidas por la AFIP
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