Primer uso del derecho de explotación económica. A nivel impositivo la pauta está en la LIVA, a nivel cambiario la pauta está en el reglamento del ejecutivo al ar. 10, inc. c) COD. AD (no confundir) https://t.co/10CCw9p9QO
Primer uso del derecho de explotación económica. A nivel impositivo la pauta está en la LIVA, a nivel cambiario la pauta está en el reglamento del ejecutivo al ar. 10, inc. c) COD. AD (no confundir) https://t.co/10CCw9p9QO
— Dr.(CP) SergioCarbone (UBA) (@ContadorCarbone) March 21, 2021
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