Derechos de Exportación. Decreto 38/25. Modificación
importador / exportador
Se establece que el acceso a la reducción de los derechos de exportación, fijada por el artículo 2º del Decreto 38/25, se efectuará en la medida que los exportadores liquiden al menos el 95% de las divisas respecto de las mercaderías vinculadas a las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE), dentro del plazo allí establecido. Derechos de Exportación. Decreto 38/25. Modificación – Resolución General 5646/2025 RESOG-2025-5646-E-AFIP-ARCA – Derechos de Exportación. Decreto N° 38 del 25 de enero de 2025. Resolución General N° 5.643. Su modificatoria y complementaria. Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2025 VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2025-00393931- -AFIP-SADMDILEGI#SDGASJ y CONSIDERANDO: Que la […]
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