La #AFIP habilitó la recategorización para monotributistas, estará habilitada hasta el 17 de agosto. Los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
La #AFIP habilitó la recategorización para monotributistas, estará habilitada hasta el 17 de agosto. Los montos de facturación por categoría regirán para el período comprendido entre el 1º de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
— Contador Público UP (@ContadorUP) July 28, 2021
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