CCM Contadores & Consultores @contadorcasco: Es oficial el aumento del 5% a jubilados y pensionados. También suben la AUH y todas las asignaciones familiares

Es oficial el aumento del 5% a jubilados y pensionados. También suben la AUH y todas las asignaciones familiares

boletín oficial

Se publicó en el Boletín Oficial el decreto 899/2020, el incremento del 5 % sobre el haber correspondiente al mes de noviembre 2020 que alcanzará a todas las modalidades de la Ley 24.241 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, así como las prestaciones previstas en la Ley 24.714 del Régimen de Asignaciones Familiares, a partir del mes de diciembre 2020. También se actualizarán a partir del 1 de diciembre 2020, lo siguiente:

• El monto mínimo y máximo de la remuneración imponible previsto en el artículo 9 de la Ley 24241, modificatorias y complementarias.

• Las rentas de referencia de los trabajadores autónomos, artículo 8 de la Ley  24241, sus modificatorias y complementarias.

• Los valores del SUBSIDIO AUTOMÁTICO NOMINATIVO DE OBRAS SOCIALES (SANO).

• Las prestaciones previsionales otorgadas a los investigadores científicos y tecnológicos y a las investigadoras científicas y tecnológicas a que se refiere la Ley  22929 y sus modificatorias, en el marco del Decreto N° 160/05.

• Las cuotas pendientes de pago de los Acuerdos Transaccionales suscriptos en el marco de la Reparación Histórica instituida por la Ley 27260.

• Las cuotas pendientes de pago de los Regímenes de Regularización de Deudas Previsionales, previstas en las Leyes Nros. 24.476 y 26.970

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA


DECRETA:


ARTÍCULO 1°.- Dispónese que todas las prestaciones previsionales a cargo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores a la misma y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-cajas o institutos provinciales y municipales de previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, los destinatarios y las destinatarias de las pensiones no contributivas y graciables que refieran a la movilidad prevista en el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias y a la Pensión Honorífica de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, tendrán un incremento equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) sobre el haber devengado correspondiente al mensual noviembre de 2020.


ARTÍCULO 2°.- Dispónese un incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las Asignaciones Familiares previstas en la Ley N° 24.714, sus normas modificatorias y complementarias, con excepción de la establecida en el inciso e) del artículo 6° de la misma, equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) de los rangos y montos establecidos en los ANEXOS mencionados en el artículo 2° de la Resolución ANSES Nº 312/20.


ARTÍCULO 3°.- Dispónese que los incrementos otorgados en el presente decreto regirán a partir del 1° de diciembre de 2020 y quedarán incorporados como parte integrante del haber de las prestaciones alcanzadas y de las Asignaciones Familiares, respectivamente.


ARTÍCULO 4°.- Dispónese que el haber mínimo garantizado por el artículo 125 de la Ley N° 24.241 (texto según Ley N° 26.222) y el haber máximo de las jubilaciones otorgadas y a otorgar según la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, serán actualizados a partir del 1º de diciembre de 2020, con un incremento porcentual equivalente al establecido en el artículo 1° del presente decreto.


ARTÍCULO 5°.- Dispónese que, a partir del 1° de diciembre de 2020, se actualizarán en un porcentual equivalente al establecido en el artículo 1°, los siguientes conceptos:


a. El monto mínimo y máximo de la remuneración imponible previsto en el artículo 9° de la Ley N° 24.241, modificatorias y complementarias.


b. Las rentas de referencia de los trabajadores autónomos y de las trabajadoras autónomas establecidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias.


c. Los valores del SUBSIDIO AUTOMÁTICO NOMINATIVO DE OBRAS SOCIALES (SANO).


d. Las prestaciones previsionales otorgadas a los investigadores científicos y tecnológicos y a las investigadoras científicas y tecnológicas a que se refiere la Ley N° 22.929 y sus modificatorias, en el marco del Decreto N° 160/05.


e. Las cuotas pendientes de pago de los Acuerdos Transaccionales suscriptos en el marco de la Reparación Histórica instituida por la Ley N° 27.260.


f. Las cuotas pendientes de pago de los Regímenes de Regularización de Deudas Previsionales, previstas en las Leyes Nros. 24.476 y 26.970.


ARTÍCULO 6°.- Dispónese que, a partir del 1° de diciembre de 2020, el valor de la Prestación Básica Universal a que hace referencia el inciso a) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, será la resultante de aplicar el CINCO POR CIENTO (5%) sobre el valor de dicha prestación vigente a noviembre de 2020.


ARTÍCULO 7°.- Facúltase a la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP), a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (SRT) y a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (SSS), en el marco de sus respectivas competencias, a adoptar todas las medidas reglamentarias, complementarias, interpretativas y aclaratorias que sean necesarias para asegurar la efectiva aplicación del presente decreto.


ARTÍCULO 8°.- Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros a realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes para dar cumplimiento a las disposiciones que se establecen por la presente medida.


ARTÍCULO 9°.- Establécese que la presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.


ARTÍCULO 10.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.


ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.


FERNÁNDEZ – Santiago Andrés Cafiero – Claudio Omar Moroni


http://www.ccmcontadoresyconsultores.com.ar/2020/11/es-oficial-el-aumento-del-5-jubilados-y.html


Compartilo en Twitter

Compartilo en WhatsApp

Leer en http://www.ccmcontadoresyconsultores.com.ar/2020/11/es-oficial-el-aumento-del-5-jubilados-y.html

Deja una respuesta