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AUH: El Decreto 840/2020 fijó nuevos requisitos para acceder al beneficio

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A través del decreto 840/2020 publicado éste miércoles en el Boletín Oficial, el gobierno fijo nuevos requisitos para acceder al cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH), en el marco de la decisión oficial de extender el beneficio para incorporar a un millón más de niños que se sumarán a los 4,3 millones que ya lo perciben.

Estos nuevos requisitos se agregan justo antes del comienzo del cronograma de pagos para esta asignación, donde las fechas de cobro coinciden con la Asignación Universal por Embarazo (AUE) y las jubilaciones y pensiones. 

Nuevos requisitos para el cobro de la AUH

Para acceder a la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, se requerirá:

– Que la niña, el niño, adolescente y/o la persona con discapacidad sea argentino/a nativo/a, naturalizado/a o por opción. Cuando sean extranjeros, tanto los beneficiarios como sus progenitores o las personas que los tengan a cargo, deberán acreditar en ambos casos los 2 años de residencia legal en el país.

– Acreditar la identidad del titular del beneficio y de la niña, del niño, adolescente y/o persona con discapacidad, mediante Documento Nacional de Identidad.

– Acreditar que la persona que percibirá el beneficio tiene a su cargo a la niña, al niño, adolescente y/o persona con discapacidad, en función de las disposiciones del Código Civil y Comercial de la Nación y de conformidad con la documentación que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) disponga a estos fines.

– La acreditación de la condición de discapacidad será determinada en los términos del artículo 2º de la Ley de Protección Integral de Discapacitados, certificada por autoridad competente.

– Hasta los 4 años de edad -inclusive-, deberá acreditarse el cumplimiento de los controles sanitarios y del plan de vacunación obligatorio. Desde los 5 hasta los 18 años, deberá acreditarse además la concurrencia de las niñas, los niños y adolescentes obligatoriamente a establecimientos educativos públicos.

– Acreditar que tanto el titular del beneficio como la niña, el niño, adolescente y/o persona con discapacidad residen en el país.

Ampliación de la   AUH – Asimismo, otro artículo el decreto estableció que la AUH “consistirá en una prestación monetaria no retributiva de carácter mensual, que se abonará a uno solo o una sola de los padres o de las madres, tutor o tutora, curador o curadora o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado, por cada niña, niño y/o adolescente menor de 18 años que se encuentra a su cargo, o sin límite de edad cuando se trate de una persona con discapacidad. En ambos casos, siempre que no estuviere empleado o empleada, emancipado o percibiendo alguna de las prestaciones previstas en la presente ley”. En este artículo se eliminó el tope de cinco menores de edad dentro del grupo familiar para cobrar el beneficio; ese límite ya no será tenido en cuenta.

Además

Los requisitos mencionados anteriormente se suman a los existentes, que son lo siguientes: 

• Ser argentinos.

• Residir en el país y tener DNI.

• Si se trata de extranjeros o naturalizados deben al menos tener tres años de residencia y DNI.

• Los hijos deben ser solteros y menores de 18 años, excepto aquellos con alguna discapacidad para quienes no hay límite de edad.

Quiénes pueden cobrar la AUH


La   AUH le corresponde al padre o madre que viva con los menores y que esté encuadrado en alguna de las siguientes situaciones:

• Desocupados/as,

• Trabajadores/as no registrados/as (sin aportes);

• Trabajador o trabajadora del servicio doméstico;

• Monotributistas sociales,

• Y los inscriptos en los programas Hacemos Futuro, Manos a la Obra y otros programas de Trabajo.

En tanto, el padre o la madre a cargo puede cobrar directamente sin contar con el consentimiento del otro padre o madre, presentando el Formulario de cobro de Asignaciones Familiares.

Qué pasa si no tengo DNI – La ampliación de los beneficiarios de la  AUH se enmarca en diversas acciones que se vienen desplegando desde el Gobierno nacional, como el Certificado de Pre-Identificación (CPI) para dar con las personas que no están inscriptas en el Registro Nacional de las Personas (Renaper). Quienes accedan a este nuevo instrumento podrán tramitar el subsidio. 

Libreta AUH ANSeS – El 80% de la Asignación se cobra mensualmente y para recibir el 20% restante y seguir cobrando, una vez por año los/las beneficiarios/as deben presentar la Libreta de Asignación Universal para acreditar asistencia a la escuela así como los controles de salud.

Calendario de cobro de AUH – El calendario de pagos para la Asignación  Universal por Hijo se cumple atendiendo a una terminación de DNI por día hábil; comenzará el próximo martes 10 de noviembre con los DNI terminados en 0 y concluirá el martes 24 de noviembre con la terminación de DNI 9

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