La AFIP aclaró el tratamiento que cabe conceder en el impuesto a las ganancias a las indemnizaciones o gratificaciones laborales motivadas por la extinción del vínculo laboral.
Mediante la Circular (AFIP) 4/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, se aclara lo siguiente: https://t.co/FddbVLzKQK
La AFIP aclaró el tratamiento que cabe conceder en el impuesto a las ganancias a las indemnizaciones o gratificaciones laborales motivadas por la extinción del vínculo laboral.
Mediante la Circular (AFIP) 4/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, se aclara lo siguiente: pic.twitter.com/FddbVLzKQK
— Blog del Contador (@BlogDelContador) October 18, 2021
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