Festejo en Olivos: un abogado que asesoró a Alberto Fernández dijo que es delito violar la cuarentena
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El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez, miembro de la comisión que asesoró al presidente Alberto Fernández para la Reforma Judicial, participó esta noche de Mesa Chica, el programa conducido por José Del Rio en LN+, y compartió su mirada respecto a la causa judicial contra el Presidente, que instruye el fiscal Ramiro González, tras el escándalo por las fotos del cumpleaños de Fabiola Yañez en la Quinta de Olivos, durante la cuarentena estricta.
Luego de que la periodista de LN+ Guadalupe Vázquez publicase en exclusiva una foto del festejo del cumpleaños de la primera dama, donde se encontraba el Presidente junto a una decena de personas, los debates en torno a este escándalo no pararon de crecer. Desde el oficialismo quitaron importancia al hecho y lo calificaron de razonable, mientras que algunos miembros de la oposición iniciaron un pedido de juicio político contra Fernández en el Congreso de la Nación.
“En primer lugar hay que aclarar que el año pasado se sumaron varias medidas mediante Decreto de Necesidad y Urgencia ratificados por el Congreso con el objeto de evitar la propagación de la pandemia y cuidar la vida y la salud de todos los argentinos, y dentro de esta normativa, se estableció que toda aquella persona que violara el ASPO era pasible de que se le aplicaran algunos tipos penales del Código Penal, como aquel que establece que quien viola una orden de autoridad competente es pasible de una sanción penal”, comenzó el abogado.
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En esta línea, en referencia al caso puntual del Presidente, Gil Domínguez explicó: “El delito no requiere de la generación de un daño, sino que es un delito que castiga una conducta por el solo hecho de violar la orden de una autoridad competente”.
Según opinó el constitucionalista, la Justicia deberá investigar, en el arco del debido proceso bajo principio de presunción de inocencia, la denuncia radicada hacia Alberto Fernández. “No se debía generar un daño para que se pusiera en marcha el proceso penal. Hay una gran discusión de hace años sobre la constitucionalidad de este tipo de delitos, pero es una discusión aparte. En el marco de un estado constitucional y convencional de derecho como el argentino lo que rige es el principio de igual ante la ley para todas las personas por igual”, concluyó.
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