La Nación Economía: La ministra Carla Vizzotti no descarta “una norma” para los que deciden no vacunarse

La ministra Carla Vizzotti no descarta “una norma” para los que deciden no vacunarse

sociedad

La ministra de Salud de la Nación Carla Vizzotti, habló esta mañana sobre la vacunación obligatoria en el trabajo y aseguró: “No descartamos una norma; el que decide vacunarse debe tener una ventaja”.

En una entrevista con radio AM 750, la funcionaria también habló de los cambios en las restricciones que comenzaron a regir hoy y estarán vigentes hasta el 5 de septiembre.

Ante la consulta de la exigencia de vacunación para la vuelta al trabajo, dijo: “Para quienes eligieron no vacunarse, vamos a trabajar para fortalecer la confianza. Tiene que haber ventajas para quienes eligieron vacunarse. La vacuna contra la Covid-19 no es obligatoria por el momento, por la urgencia y porque la oferta no satisface las necesidades de demanda. Apuntamos a que la mayoría de las personas decida vacunarse”.

No estamos en una instancia para responder si va a haber alguna reglamentación respecto a quienes no decidan vacunarse. No estamos en esta instancia, pero no la descartamos”, remarcó Vizzotti y agregó: “Tenemos que saber que este virus ha llegado para quedarse. Hay que saber que el virus no va a desaparecer y vamos a seguir teniendo muertes”.

La ministra también explicó: “Tenemos 100 casos identificados con la variante delta. Hemos retrasado la circulación comunitaria de la variante delta. De ninguna manera tenemos circulación predominante de la variante delta”.

Luego defendió las restricciones de ingreso desde el exterior: “Haber bajado el cupo fue acertado, se pudieron generar los controles a través de los corredores de ingreso. La intención es aumentar a 2300 el límite de ingresos diarios al país sin disminuir los controles y los esfuerzos de la variante delta”.

“Hay un punto de inflexión gracias al avance de la campaña de vacunación”, reiteró la funcionaria en línea con sus declaraciones en la conferencia de ayer y agregó: “Agosto será el mes de las segundas dosis. Más del 50 por ciento de los mayores de 60 años tienen el esquema de vacunación completo. La prioridad de la aplicación de las segundas dosis es para quienes hace más tiempo se hayan vacunado con la primera y para quienes presenten riesgo”.

También analizó la situación actual y contó: “Por octava semana consecutiva está bajando la cantidad de muertes diarias. Además, llevamos 10 semanas consecutivas de descenso de casos de coronavirus. Por eso, con el nuevo DNU cambiamos los indicadores: el parámetro de alerta estará vinculado a las internaciones en terapia intensiva y la tensión del sistema de salud”.

Los cambios que rigen desde hoy

Las actividades permitidas en todo el territorio nacional serán las siguientes:

En espacios cerrados:

  • La práctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos; y las actividades realizadas en cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento.
  • La asistencia a centros de día y clubes de adultos mayores con un aforo del 70 por ciento cuyos asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la Covid-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces.
  • Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 20 personas.

En espacios abiertos:

  • La realización de excursiones y actividades turísticas de acuerdo a los protocolos y normativa vigente que se efectúen exclusivamente en transportes que permitan mantener ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada.
  • Las reuniones y actividades en espacios públicos de hasta 100 personas.
  • La autoridad jurisdiccional podrá disminuir el aforo establecido según los parámetros epidemiológicos y sanitarios.

En el caso de los viajes grupales, las jurisdicciones podrán autorizar la realización en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que no sean considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria; que se realicen en base a los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de Covid-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo de Covid-19 en el mismo período.

Clases presenciales

Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país, dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las Resoluciones: 364 del 2 de julio de 2020, 370 del 8 de octubre de 2020, 386 y 387 ambas del 13 de febrero de 2021 del Consejo Federal de Educación, sus complementarias y modificatorias.

Quedan permitidas en todo el país las siguientes actividades:

  • Eventos masivos, entendidos como todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual, cuyo objeto sea artístico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentración de hasta 1000 asistentes.
  • Reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas si se realizan en espacios interiores y de hasta 20 personas si se realizan al aire de libre.
  • Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 100 personas.
  • Los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales en los lugares bajo su jurisdicción.

En tanto, siguen prohibidas:

  • Viajes grupales de egresados jubilados y jubiladas y grupales de estudiantes o similares.
  • Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.

Actividades que se suspenden en aglomerados urbanos en situación de alarma epidemiológica y sanitaria por el término de nueve días:

  • La circulación nocturna de las personas, entre las 20 y hasta las 6 del día siguiente.
  • Eventos masivos (artísticos, musicales, festivos o deportivos).
  • Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios en lugares cerrados con 50 por ciento de aforo.
  • Las actividades recreativas, culturales, religiosas y deportivas con 30 por ciento de aforo.

Medidas de fronteras:

  • Se estableció el cupo semanal de 11.900 plazas para argentinos y argentinas y residentes hasta el 6 de septiembre y, en adelante, un cupo semanal de 16.100 plazas si se habilitan nuevos corredores seguros.
  • Dentro de las plazas mencionadas, 700 pasajeros podrán ser priorizados por el Estado Nacional por razones de urgencia o para atender cuestiones esenciales impostergables o de representación oficial o diplomática, a los efectos de facilitar su viaje al país.
  • Sigue prohibido el ingreso de extranjeros.
  • Se eliminan las restricciones de vuelos directos por países con la posibilidad de habilitar vuelos especiales para facilitar el ingreso de argentinos desde esos países (Brasil, Chile, Reino Unido, etc.)
  • Los gobernadores y gobernadoras podrán solicitar la apertura de nuevos corredores seguros (terrestres y/o aéreos) siempre que cuenten con protocolo aprobado por la autoridad sanitaria provincial, previendo en su caso los mecanismos de testeo, aislamiento y traslado de las muestras respectivas para la secuenciación genómica que deberá demás estar aprobado por el Ministerio de Salud de la Nación.
  • Sigue prohibido el ingreso por frontera terrestre.
  • Dentro de los nuevos corredores seguros a implementar a partir del 6 de septiembre del 2021, y según la situación de cobertura de vacunación, sanitaria y epidemiológica en origen y en destino, desde el 6 de septiembre los gobernadores podrán proponer la implementación de una experiencia piloto de ingreso de extranjeros provenientes de Chile y la República Oriental del Uruguay solo con esquemas completos de vacunación y cuarentena obligatoria.

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