El Dto. 334/21 permite liquidar para aquellos empleados que no teletrabajen los días de la semana pasada como Asignación No Remunerativa.
❌ Pero en la práctica cuando haces la liquidación en DEL el beneficio (Cod. 50) no se puede proporcionar.
⚠️ Conclusión no hay beneficio https://t.co/97LHn2Swn4
📛 El Dto. 334/21 permite liquidar para aquellos empleados que no teletrabajen los días de la semana pasada como Asignación No Remunerativa.
❌ Pero en la práctica cuando haces la liquidación en DEL el beneficio (Cod. 50) no se puede proporcionar.
⚠️ Conclusión no hay beneficio https://t.co/97LHn2Swn4— Contadores en Red (@Contadoresenred) May 31, 2021
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