#Fallos
Relación de consumo: El damnificado vencedor en un juicio de daños por un accidente de tránsito puede invocar a su favor el estatuto del consumidor, por más que el art. 1092 del CCivCom. haya omitido la figura del tercero expuesto
Texto completo: https://t.co/SQmHJUkU3Q
#Fallos
Relación de consumo: El damnificado vencedor en un juicio de daños por un accidente de tránsito puede invocar a su favor el estatuto del consumidor, por más que el art. 1092 del CCivCom. haya omitido la figura del tercero expuestoTexto completo: https://t.co/SQmHJUkU3Q
— Microjuris Argentina (@microjurisar) April 23, 2021
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