AFIP Res. Gral. 4971/21: Beneficio a sujetos cumplidores inscriptos en el Impuesto a las Ganancias – Ley 27.541. Amortización Acelerada – PROCEDIMIENTO
destacado
Se establece que a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 9° de la Resolución General N° 4.855 y su complementaria, los sujetos que revistan la condición de “cumplidores” en los términos del último párrafo del artículo sin número incorporado a continuación del artículo 17 de la Ley N° 27.541 y su modificación, y que posean la caracterización “471 – Amortización Acelerada – Ganancias” en el “Sistema Registral”, deberán observar los requisitos, las condiciones y el procedimiento que se establecen por esta resolución general.
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