Con carácter excepcional y hasta el 30/9/2021 los contribuyentes y responsables podrán cancelar el saldo resultante de las obligaciones del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales período 2020, mediante el miniplan.
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Con carácter excepcional y hasta el 30/9/2021 los contribuyentes y responsables podrán cancelar el saldo resultante de las obligaciones del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales período 2020, mediante el miniplan.
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— Errepar (@errepar) April 8, 2021
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