¿Cómo impactará en el bolsillo la modificación de Ganancias?
cámara de diputados
Por Agustín Maza
El Frente de Todos buscará debatir este sábado el proyecto de reforma del impuesto a las Ganancias, que busca beneficiar a más de 1,2 millones de asalariados y jubilados. El Economista repasa los principales cambios y el impacto en el bolsillo que tendrá la modificación.
El proyecto fue elaborado por el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa. La semana pasada había obtenido dictamen positivo en las comisiones de Presupuesto y Legislación del Trabajo, presididas por Carlos Heller y Vanesa Siley, respectivamente. La iniciativa establece una deducción especial para que los asalariados con sueldos brutos de hasta $150.000 y jubilados que cobren el equivalente de hasta ocho jubilaciones mínimas queden eximidos del impuesto a las Ganancias.
En base a datos oficiales, se estima que el beneficio alcanzaría a poco más de 1,2 millones de personas. Actualmente el 25,6% de los asalariados registrados paga el impuesto a las Ganancias. Con los cambios, este porcentaje volvería al valor promedio desde que se implementó, en el 2000, cuando el 10% de los trabajadores lo pagaba. Del total que dejarían de tributar, el proyecto prevé que sean 178.000 empleados de la industria manufacturera; 133.000 del transporte, logística y almacenamiento; casi 106.000 de comercio mayorista y minorista; 48.000 del sector financiero y casi 27.000 del rubro de la construcción.
Asalariados sin carga de familia
En base a datos del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf), el ahorro de los trabajadores que dejen de pagar el tributo será, por mes, de entre $259 y $9.641, teniendo en cuenta el aguinaldo. Sin embargo, esto dependerá del sueldo y la carga de familia. Para los sueldos superiores al nuevo mínimo no imponible, las deducciones serán las vigentes hasta ahora, salvo para las remuneraciones de entre $150.001 y $173.000. En esos casos, el proyecto prevé que el Poder Ejecutivo Nacional disponga ajustes necesarios para evitar distorsiones.
El informe del Iaraf señala que un asalariado sin cargas de familia con un ingreso bruto de $100.000 tendrá un ingreso anual extra de $7.000, es decir, $583 mensuales. En tanto, si el sueldo mensual es de hasta $125.000 brutos, el incremento anual sería de $48.895, lo que representa un ahorro de $4.075 mensuales.
Finalmente, los que percibirán un mayor beneficio serían los trabajadores solteros con remuneraciones de hasta $150.000, porque dejarían de pagar $115.186 al año o $9641 al mes. “Los empleados solteros serán los que noten un mayor ingreso, debido a que sus deducciones mensuales son más altas que la de los casados con 2 hijos, hay que recordar que éstos últimos tienen más deducciones que los primeros y, por ende, abonan menos impuestos al año”, explicó el tributarista y director de Sasovsky y Asociados, Iván Sasovsky, ante El Economista. “Mientras más cercano esté al límite de los $150.000 brutos, mayor será la devolución que reciba tras los cambios introducidos”, agregó.
Una fuente parlamentaria del FdT dijo ante El Economista que “el rango que va desde los $150.001 y $173.000 seguramente no pague el 27% y tendrá un esquema gradual para evitar distorsiones”.
“La inclusión de una deducción variable rompe con la progresividad que existe hoy en día entre los asalariados con sueldos brutos menores a $150.000, porque los considera con la misma capacidad contributiva a todos estos asalariados, otorgando mayores deducciones a los que más ingresos mensuales obtienen”, objetó Sasovky.
Asalariados con carga de familia
En el caso de los asalariados con cargas de familia como el considerado en el ejemplo, estos incrementos de su ingreso neto después del impuesto son del 0,2% para el que tiene un ingreso de $125.000 mensuales, hasta 2,6% para aquellos que tengan ingresos brutos por $150.000 cada mes.
Entonces, los asalariados con un sueldo bruto de hasta $125.000 mensuales verán incrementado su ingreso anual en $3111, es decir, $259 por mes. En tanto, si el sueldo es de $150.000, el ahorro será considerablemente superior porque representa $40.489 anuales, lo que significa un incremento mensual de $3374 al mes.
“El nuevo método de ajuste tiene una vida útil transitoria, porque cuando tengan aumentos de sueldo los que cobran $124.500 netos ($150.000 brutos) volverán a quedar alcanzados por Ganancias”, comentó el tributarista y director del estudio Lisicki, Litvin & Asociados, César Litvin, ante El Economista. “Debería haber un ajuste semestral del mínimo no imponible en base al Índice de Precios al Consumidor y, principalmente, ajustar nuevamente las escalas para aplicar los porcentajes para que el alivio perdure”, añadió.
Jubilados
Con la legislación vigente, los jubilados que cobren más del equivalente a seis jubilaciones mínimas ($123.428,6) quedaban alcanzados por Ganancias. Con el proyecto oficialista, la base no imponible pasará al equivalente a 8 haberes mínimos, es decir, $164.571,5.
Además, el proyecto salió de comisiones con algunas “flexibilizaciones”. Por ejemplo, con la legislación vigente, este universo solo podría obtener ingresos previsionales y no estar alcanzados por el pago de bienes personales. Con la nueva ley, hay posibilidad de tener otros ingresos, siempre y cuando estos no superen el techo anual de $167.678.
Otros beneficios
Tendrán deducción las personas que puedan acreditar, en base a la reglamentación que tenga la normativa, tener a cargo “integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común, sean del mismo o de diferente sexo”. También, se duplicará el monto de la deducción por hijo menor de 18 años cuando se trate de personas con discapacidad (de $78.833 a $157.666 anual).
Por otro lado, el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo) quedará desafectado del pago de Ganancias para el caso de quienes tengan remuneraciones mensuales que no superen los la nueva base imponible. Esto surgió a pedido de la CGT en las reuniones que mantuvieron con Sergio Massa. También, el oficialismo acordó prorrogar la exención en el impuesto a las horas extras que el personal de salud realizó por la pandemia.
Además, se busca que queden exceptuados los gastos correspondientes a guarderías o jardines materno-infantil para quienes tengan hijos de hasta tres años de edad, para trabajadores que en sus lugares de trabajo no tengan ese servicio. El máximo será de $5590 por mes ($67.071 al año).
Retroactividad
El texto que salió con dictamen favorable de las Comisiones de Presupuesto y de Legislación del trabajo consignó que la modificación tendrá vigencia para todo 2021.
Esto significa que habrá una devolución de los descuentos, a partir de abril, para quienes dejen de pagar el tributo.
Un asalariado, sin cargas por familia, que tenga una remuneración de $100.000, tendría una devolución de $1.750 por lo abonado en los primeros tres meses. En el caso de que cobre $150.000 se le devolverán $28.923. Mientras tanto, para los trabajadores con cargas de familia que cobren $125.000 y $150.000, les serán devueltos $777 y $10.122, respectivamente.
¿Qué pasa con los autónomos?
El caso de los autónomos es llamativo, porque no fueron contemplados en el proyecto de reforma, por lo que seguirán pagando impuesto a las Ganancias los que obtengan ingresos $150.000 brutos. Esto representa un conflicto importante, ya que los asalariados que perciban el mismo ingreso, quedarían exentos.
“Resulta injustificado el tema de los autónomos, porque un autónomo soltero que gana $124.500 netos va a pagar por año $210.000 de Ganancias y si es casado con dos hijos va a pagar $110.000”, dijo Litvin. “En este caso, a igual capacidad económica, distinto impuesto; es discriminatorio”, concluyó el tributarista.
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