El Impuesto a las grandes fortunas y la presunción de que es un ardid para actos lícitos (BaeNegocios)
rsm
El legislador está autorizando a la AFIP a presumir la existencia de un ardid ” destinado a eludir el pago de un impuesto futuro, es decir inexistente en el momento en que el contribuyente realizó el acto jurídico -lícito- que provocó la variación de su patrimonio”
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