Se podrán cancelar con el crédito registrado en la “Billetera Electrónica AFIP” las obligaciones correspondientes a los aportes personales de los trabajadores autónomos, y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Más información -> https://t.co/OkpDz2PsMi https://t.co/IsW3BRw1Zz
Se podrán cancelar con el crédito registrado en la “Billetera Electrónica AFIP” las obligaciones correspondientes a los aportes personales de los trabajadores autónomos, y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Más información -> https://t.co/OkpDz2PsMi pic.twitter.com/IsW3BRw1Zz— Errepar (@errepar) January 8, 2021
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