AFIP RG 4885/20 – Retenciones 4ta: se habilita el computo de la percepción del 35% («Dólar»)
destacado
Mediante Res. Gral. 4885/2020, la AFIP habilita al agente de retención el cómputo en la liquidación anual (o final) de la percepción del 35% por operaciones con moneda extranjera de la Res. Gral. 4.815.
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