La Voz del Interior @lavozcomar: Octubre, mes de los derechos de la infancia

Octubre, mes de los derechos de la infancia

Como la primavera que se asienta y fortalece, octubre es especialmente significativo para el florecimiento de los derechos de la infancia en nuestro país. Es que durante ese mes, y a lo largo de 20 años, comenzaron a regir tres leyes que impactaron en su desarrollo.

La primera de ellas la tenemos que buscar en los años de consolidación del proceso democrático, cuando el Congreso de la Nación sancionó la ley 23.264, denominada de Filiación y Patria Potestad, que el 23 de este mes cumplió 35 años desde que fue publicada en el Boletín Oficial.

Esa normativa resultó esencial para la consagración de una nueva institucionalidad que modernizó el derecho de las familias y de las infancias.

Pese a que siguió designando los vínculos entre progenitores e hijos como “patria potestad” (potestad del padre), el contenido de la institución fue totalmente modificado, dejando atrás el resabio de autoridad paterna que había sido el hilo conductor de la ley desde la sanción del Código Civil de Vélez Sársfield, para mutarlo por la idea de “responsabilidad” en el cuidado de la descendencia.

Además, y desde una perspectiva de género –cuando esta idea no contaba con la trascendencia que hoy adquiere–, equiparó a ambos progenitores en sus deberes en relación con los hijos.

Así, las madres cobran protagonismo central e igualitario en la vida de aquellos, cuestión que tuvo significativa importancia luego de la ruptura de la pareja parental.

También avanzó de manera notable en el reconocimiento del derecho a la identidad, ampliando las posibilidades de reclamar la filiación de quien no la tenía determinada o para desplazar la que no se correspondía con la verdad biológica. Reclamar “el apellido”, como se suele decir, cobró a partir de allí un sentido concreto y específico.

Cambios fundamentales

Cinco años después –16 de octubre de 1990– se promulgó la ley 23.849, que ratifica la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), aprobada por Naciones Unidas un año antes.

Al igual que lo que iba sucediendo en varias naciones, nuestro país abre el camino de la aplicación interna de los postulados de ese señero tratado Internacional de derechos humanos, donde por primera vez en la historia de la humanidad se reconoce a niñas, niños y adolescentes (NNA) como sujetos plenos de derechos.

El impacto fue inmediato, ya que cambió la manera de mirar y reconocer los derechos de la niñez y adolescencia, obligando tanto al Estado en sus diversas áreas (ejecutivo, judicial y legislativo), como a los efectores privados que interactúan con la niñez, a rever sus formas de actuación para el cumplimiento concreto de los derechos.

Un ejemplo de ello fue la marca indeleble que dejó en los pronunciamientos judiciales que comenzaron a dictarse a partir de ese momento, que ya no podían dejar de tener en consideración a la CDN como parte fundante de las resoluciones en las que se decidía sobre este grupo de personas en formación.

Otro eslabón fundamental se presenta el 26 de octubre de 2005, cuando se publica en el Boletín Oficial la ley 26.061, denominada de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Su importancia básica es bajar y desarrollar a nivel interno los postulados de la CDN, posibilitando así el verdadero ejercicio de esos derechos por parte de los NNA.

Con ella se deja atrás el paradigma de la “situación irregular” de los “menores”, que durante todo el siglo 20 había regido bajo la figura del Patronato del Estado, para pasar a acoger el “paradigma de la protección integral”, que considera a los NNA como sujetos de derecho.

Entiendo que esta ley significó un giro copernicano en la consagración de derechos, no sólo por su forma legislativa sino también por su proyección práctica y claridad expositiva.

Finalmente, cabe mencionar que cada una de estas normas tuvo una influencia decisiva y especial en el moderno Código Civil y Comercial de la Nación, que comenzó a regir la vida de los argentinos hace cinco años, que abreva en ellas para regular los derechos de los NNA.

Por eso, cada octubre debemos recordar y celebrar especialmente estos avances. Pero no podemos quedarnos con ello, ya que somos conscientes de que muchos NNA aún se encuentran en situaciones de mucha vulnerabilidad y sus derechos no están siendo respetados. Por eso, la lucha por su efectiva aplicación y ejercicio debe seguir cada día y en cada instancia que se presente. Todos somos responsables.

 

*Juez de Familia; docente de la UNC

Infancia. Sus derechos son cada vez más reconocidos en el país. (La Voz)

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