Una distribución equitativa para una sociedad más justa
economía y política
La pandemia ha provocado en el mundo un cimbronazo económico y social que ha puesto, en pie de igualdad y a merced del virus, a toda la población del planeta, poniendo en evidencia todos los conflictos subyacentes que empiezan a emerger en el marco de la crisis global.
El régimen de coparticipación encuentra su fundamento en la distribución de competencias tributarias entre la Nación y las Provincias que establece la Constitución, siendo su objeto estructurar un espacio institucional de concertación federal desde donde se diseñe, en un marco de participación igualitaria, la matriz tributaria y la pauta distributiva de los fondos recaudados; posibilitando que se contemple en dicha matriz, no sólo los datos duros del Producto Bruto y población de cada jurisdicción, sino también los indicadores de pobreza y desarrollo social y económico, de manera tal de propender a una distribución más equilibrada de los recursos.
La consagración constitucional de las leyes convenio configura un proceso político y jurídico complejo de acuerdos entre la Nación y las provincias que constituyen manifestaciones positivas del llamado federalismo de concertación.
El Decreto N° 194/06 debió tener por objeto reasignar al Gobierno de la Ciudad solo los recursos necesarios para afrontar el Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que fuera suscripto entre el exjefe de Gobierno y entonces presidente y el actual el Jefe del Gobierno de la Ciudad con fecha 05/01/2016.
En lugar de ello, se asignó en forma arbitraria una asignación de recursos no debidamente justificada en relación al objeto de afrontar los gastos de las estrictas necesidades presupuestarias de los servicios transferidos.
En la circunstancia que se exterioriza el reciente y tumultuoso reclamo policial y se visibiliza que las fuerzas de seguridad de la Provincia de Buenos Aires tenían escalas retributivas y servicios sociales sensiblemente inferiores a los de la policía del otro lado de la Av. Gral. Paz, se procedió al dictado del Decreto N° 735/2020 que viene a salvar una injusticia consumada, en un marco de manifiesta escasez de recursos, agravada por la pandemia inesperada, ajustando la participación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un coeficiente equivalente al real nivel que corresponde de acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 23.548, con más la correspondiente asignación de recursos por las funciones transferidas.
Soy un porteño orgulloso de su ciudad, pero consciente de que la seguridad de sus habitantes está integrada indisolublemente a la de los bonaerenses, por lo que no pueden coexistir cuerpos policiales con asignaciones de recursos inequitativas. Esto conspira contra la seguridad integral y debilita la capacidad de defensa del cuerpo social.
La distribución de los recursos coparticipables en el sistema creado por el artículo 75, inciso 2, de la Constitución Nacional, debe ser equitativa y solidaria, guiada por los principios de concertación, automaticidad y funcionalidad, priorizando el logro de un grado equivalente de desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades y promoviendo políticas diferenciadas que tiendan a equilibrar las inequidades existentes entre regiones, así como las capacidades institucionales y fiscales de cada jurisdicción.
Mantener la lógica de distribución de los Decretos 194/16 y 257/18 sería consagrar una injusticia, cuya consecuencia sería una sola, consolidar las profundas asimetrías socio-productivas entre las jurisdicciones, afectando los intereses generales de la Nación en su conjunto, privando al Estado Nacional de recursos necesarios para poder llevar adelante políticas esenciales que corrijan las desigualdades estructurales que hoy lucen evidentes y cuya corrección es imperativa.
Prueba de ello es que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires exhibe el segundo presupuesto más importante del país en un territorio de 203 km2 en contraposición a la Provincia de Buenos Aires cuya superficie es de 307.571 km2 y el presupuesto policial per cápita de la Ciudad es de $ 106.472 mientras que el de la Provincia es de $ 53.509. A título de ejemplo, para tener una proporción similar de policías por habitante como la Ciudad, La Matanza debería contar con 11.000 efectivos adicionales.
La correcta distribución proporcional de los recursos fiscales, de acuerdo a la finalidad perseguida por los Constituyentes al consagrar el sistema de reparto en nuestra norma fundamental, no solo es un acto de justicia, es el cumplimiento del mandato que nos exige nuestra Carta Magna.
La realidad y el mandato de nuestra Constitución, nos pone ante la discusión postergada más importante de la Argentina.
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