Buenos Aires.
Disponen de manera transitoria que, entre el 01/09/19 y hasta el 31/12/20, inclusive, el plazo en que no se solicitarán las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del CF en juicios de apremio.
RN (ARBA) Nº 34/2020 (BO 10/09/20)
Buenos Aires.
Disponen de manera transitoria que, entre el 01/09/19 y hasta el 31/12/20, inclusive, el plazo en que no se solicitarán las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del CF en juicios de apremio.
RN (ARBA) Nº 34/2020 (BO 10/09/20)
— Estudio Ciancaglini (@ECiancaglini) September 10, 2020
Compartilo en Twitter
Compartilo en WhatsApp
Leer en https://twitter.com/ECiancaglini/status/1304136184021561346