Estudio Ciancaglini @ECiancaglini: Agro. Semillas!!! El derecho del obtentor y la excepción contemplada en la propia ley vigente. Nro. 20.247 Caso: “agricultor que se le permite a este usar la semilla de una variedad protegida para su siembra en su explotación y para su uso propio”. ????Derecho al “uso propio”.

Agro. Semillas!!!

El derecho del obtentor y la excepción contemplada en la propia ley vigente. Nro. 20.247

Caso: “agricultor que se le permite a este usar la semilla de una variedad protegida para su siembra en su explotación y para su uso propio”.

Derecho al “uso propio”.


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