Recordar !!
Presentadas las DDJJ de Gcias y BP.
El art. 1 de la RG 4057 establece que se puede acceder al miniplan a partir del primer día del mes de vto de la obligación. En virtud de la reciente prórroga al mes de 08/20 se podrá acceder al miniplan a partir del 1/8/20
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Presentadas las DDJJ de Gcias y BP.
El art. 1 de la RG 4057 establece que se puede acceder al miniplan a partir del primer día del mes de vto de la obligación. En virtud de la reciente prórroga al mes de 08/20 se podrá acceder al miniplan a partir del 1/8/20
— Estudio Ciancaglini (@ECiancaglini) July 28, 2020
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