AFIP – Res. Gral. 4768/20 – Ganancias, Bienes y Cedular: prórroga de vencimientos
destacado
Se oficializó la prórroga de los vencimientos para la presentación y pago de los impuestos a las ganancias, bienes personales e impuesto cedular. Los dos primeros impuestos vencerán el 10, 11 y 12 de agosto (el pago un día después). El Impuesto cedular, en cambio, comenzará a vencer el 11 de agosto.
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