Los intereses o dividendos cobrados con posterioridad al 31/12/19 no forman parte del total a considerar a los efectos de calcular el umbral del 5% establecido por el Artículo 11 del Decreto N° 99/2019 y su modificatorio. https://t.co/ejjgEkS6p1 https://t.co/fTk8zqWuLP
Los intereses o dividendos cobrados con posterioridad al 31/12/19 no forman parte del total a considerar a los efectos de calcular el umbral del 5% establecido por el Artículo 11 del Decreto N° 99/2019 y su modificatorio. https://t.co/ejjgEkS6p1 pic.twitter.com/fTk8zqWuLP
— Contadores en Red (@Contadoresenred) July 9, 2020
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