Blog del Contador @BlogDelContador: Bienes Personales. Inmuebles destinados a casa habitación ¿los $18.000.000 son mínimo exento o mínimo no imponible?

Bienes Personales. Inmuebles destinados a casa habitación ¿los $18.000.000 son mínimo exento o mínimo no imponible?

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La ley del impuesto sobre los bienes personales para el período 2019 determinó la exención de los inmuebles destinados a casa habitación cuya valuación no supere los $18.000.000.-

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