Nueva deuda: lo que no dice el DNU sobre el acuerdo con el FMI y el riesgo para el organismo
El Gobierno firmó el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para autorizar un programa de Facilidades Extendidas (EFF en inglés) por diez años con el Fondo Monetario Internacional (FMI). Pero el texto no detalla, entre otros puntos, cuál es el monto del endeudamiento, pese a que ley marca que se tenga que detallar la operación de crédito para obtener el visto bueno del Congreso.
En sus justificaciones, el Gobierno señala que «la exigencia establecida por el artículo 2° de la Ley N° 27.612» (la llamada Ley Guzmán) «requiere la aprobación por ley de todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el Fondo Monetario Internacional (FMI)».
Para el Ejecutivo esto «no implica que el Congreso se haga cargo de los fundamentos y de los términos concretos de los acuerdos en particular, sino que únicamente hace referencia a la aprobación legal de la operación de crédito público a ser celebrada por el Poder Ejecutivo Nacional».

La letra chica en cuanto a política económica y las medidas para sostener el ajuste fiscal, monetario y cambiario que viene detallando el Fondo como ejes a profundizar en el nuevo acuerdo no forman parte de lo que se debe presentar al Congreso. Esos puntos sí son potestad del Ejecutivo.
Pero lo que plantea el artículo 2 de la Ley de Fortalecimiento de la sostenibilidad de la deuda pública es que «todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el Fondo Monetario Internacional (FMI), así como también cualquier ampliación de los montos de esos programas u operaciones, requerirá de una ley del Honorable Congreso de la Nación que lo apruebe expresamente».
Si bien hay diferentes interpretaciones entre el Gobierno y la oposición sobre si el artículo cubre el monto de la operación, lo que queda claro es que exige la aprobación de una ley, no un DNU.
El Gobierno argumenta que «el Congreso no tiene dentro de sus facultades aprobar o avalar los planes económicos del Poder Ejecutivo, y contar con la aprobación parlamentaria del acuerdo tampoco era un requisito exigido por el FMI». Sobre este punto, una vez más, la ley no plantea conocer el plan económico sino la operación de crédito.

En cuanto a si para el Fondo Monetario es un requisito que el Congreso se apruebe el acuerdo, la portavoz del organismo, Julie Kozack, fue clara la semana pasada al señalar que «es decisión del Gobierno» enviarlo al Legislativo porque «es una cuestión doméstica», ya que así lo exige la ley nacional.
El organismo, en ese marco, se deslindó de la exigencia, aunque reiteró que plantea que el «amplio apoyo político y social» es necesario para que asegurar que el programa pueda cumplirse. Quienes han sabido participar del «toma y daca» con el Fondo sostienen que el directorio no aprobará un dólar si el programa no pasa por el Congreso.
Para Kozack, en cuanto a lo que el FMI respecta, sí es necesario el visto bueno del directorio ejecutivo del organismo multilateral una vez que se llegue a un acuerdo, aunque indicó que la negociación todavía está en curso.
De esta forma, si bien los considerandos mencionan las letras intransferibles del Tesoro en manos del BCRA que serán canjeadas por la operación con el Fondo, no hay detalle de los montos. Tampoco se detalla la nueva deuda, los fondos frescos que el ministro de Economía Luis Caputo reconoció que vendrán con el nuevo programa. En el mercado plantean que pueden llegar a los u$s 20.000 millones o más, con unos u$s 8.000 millones este año que contribuirán a la salida del cepo.
En el acuerdo anterior, el EFF de 2022 con el que el entonces ministro de Economía Martín Guzmán, se buscó incluso enviar el acuerdo técnico para que el Congreso lo avalara, aunque la oposición evitó ratificar los puntos sobre medidas económicas para no quedar pegados al programa de Gobierno de Alberto Fernández.
Entre las primeras reacciones al DNU hay un punto que podría ser información relevante para el FMI. «La República Argentina podrá, en el futuro, repudiar por ilegítima esta nueva deuda que el gobierno ha decretado tomar con el FMI, en contra de lo que establecen la Constitución Nacional y la Ley de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública (Ley 27.612)», sostuvo el ex embajador en Italia, Roberto Carlés, sobre la vía elegida por los libertarios. Resta ver si el Fondo toma nota sobre el posible «desconocimiento» del programa.
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