Empleados de Comercio: Se homologó el acuerdo Enero 2025 – Disposición 370/25 DNRYRT
convenios colectivos de trabajo (cct).paritarias
Tras su presentación, la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo oficializó la homologación mediante la Disposición 370/25, confirmando los aumentos escalonados y su posterior incorporación a los salarios básicos (ver también: «Comercio. Acuerdo: ESCALAS completas Enero a Abril 2025 con la nueva suba del 5,1% acumulado», Tributum.news, 31/01/2025)
Sector: Empleados de comercio (CCT 130/1975)
Acta acuerdo: 24/01/2025 y Addenda 28/01/2025
Haberes: subas
Período: Enero a Marzo 2025
1⃣ Asignación No Remunerativa y Acumulativa: 5,10% (base Dic 2024+todos incrementos No Rem)Enero: 1,70% (Dic 2024 + NR)
Febrero: 1,70% (Dic 2024 + NR + Ene 2025)
Marzo: 1,70% (Dic 2024 + NR + Feb 2025)
2⃣ Consideración cálculo: SAC, Presentismo y AntigüedadOSECAC. Contribución patronal: $ 5.500 (por empleado)
Incorporación a escalas (remunerativos): acuerdos No Rem Abril a Dic 2024
El incremento de enero 2025 se sumará a los básicos en febrero 2025
El incremento de febrero 2025 se sumará a los básicos en marzo 2025
El incremento de marzo 2025 se sumará a los básicos en abril 2025
Homologación. Disp 370/2025: descargar
Detalles del acuerdo: aumento del 5,1% no remunerativo
El acuerdo establece un incremento salarial no remunerativo del 5,1% que se aplicará sobre las escalas básicas del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, tomando como base de cálculo los valores de diciembre 2024, incluyendo las sumas no remunerativas ya otorgadas.
La suba se aplicará en tres tramos acumulativos:
1,7% en enero 2025
1,7% en febrero 2025
1,7% en marzo 2025
Estos montos serán considerados para el cálculo de antigüedad, presentismo y aportes a la obra social, aunque no tributarán contribuciones previsionales mientras mantengan su carácter no remunerativo.
Incorporación progresiva de los aumentos a los básicos
El acuerdo también establece que estas sumas se incorporarán al salario básico de convenio de manera escalonada:
El incremento de enero 2025 se sumará a los básicos en febrero 2025
El incremento de febrero 2025 se sumará a los básicos en marzo 2025
El incremento de marzo 2025 se sumará a los básicos en abril 2025
Revisión salarial en abril 2025
El convenio tendrá vigencia hasta el 31 de marzo de 2026, pero las partes se comprometieron a reunirse en abril 2025 para analizar posibles variaciones económicas y evaluar nuevos ajustes salariales.
Este mecanismo permitirá monitorear la inflación y garantizar el poder adquisitivo de los trabajadores mercantiles.
Descargue Nota, Acuerdo y Addenda completas firmadas el 24 y 28/01/2025 | Descargue Escalas completas Ene. – Abril 2025 |
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