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Beneficio impositivo para adultos mayores: cómo solicitar la exención del impuesto inmobiliario

Tras el aumento del impuesto inmobiliario en la provincia de Córdoba, que en algunos casos supera el 127%, el Gobierno provincial anunció la apertura de inscripciones para solicitar la eximición del pago de dicho impuesto. Esta medida está dirigida a adultos mayores y personas en situación de vulnerabilidad social.

Las autoridades gubernamentales dieron a conocer los requisitos para acceder al beneficio impositivo y detallaron que cada caso será analizado de manera particular. Esto dado a que, según señalan, muchas veces las personas tienen ingresos económicos bajos pero un patrimonio contribuyente muy alto.

El solicitud se puede tramitar a través de la página web de la Dirección General de Rentas. En tanto, se podrá hacer un seguimiento del estado del trámite a través del perfil de usuario que ofrece el sitio.

Exención al impuesto inmobiliario: los requisitos

Estos son los requisitos fijados por la administración de Martín Llaryora para acceder a la exención:

  • Ser mayor de 65 años al 31 de diciembre del año anterior por el cual se solicita la exención.
  • Ser titular o poseedor a título de dueño, de un único inmueble edificado para vivienda y que su base imponible sea menor o igual a $ 8.100.000.
  • No tener más de dos vehículos y que su base imponible total para el año 2025 sea menor o igual a $ 24.500.000.
  • No tener embarcaciones.
  • Tener ingresos netos totales del mes de noviembre de 2024 menores o iguales a $ 1.010.000.
  • En caso de emprender una actividad económica y percibir una jubilación, pensión o ingresos de cualquier tipo, el promedio mensual de los ingresos netos deben ser menores o iguales a $ 1.010.000.
  • Poseer un Impuesto Anual más Fondos 2025, sin tener en cuenta descuentos aplicados, de hasta $ 400 mil.
  • Si el inmueble tiene más de un titular, la exención se otorgará al copropietario que cumpla con todas las condiciones.
  • En caso de sucesión indivisa, si no hay Declaratoria de Herederos, el sucesor deberá cumplir las condiciones detalladas anteriormente para solicitar la exención.

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