La Voz del Interior @lavozcomar: El Gobierno nacional oficializó la desregulación el servicio de rampas en los aeropuertos

El Gobierno nacional oficializó la desregulación el servicio de rampas en los aeropuertos

El Gobierno nacional oficializó este viernes el avance en la desregulación el servicio de rampas en aeropuertos de todo el país, quitándole así el monopolio a la empresa estatal Intercargo luego del paro que afectó a miles de pasajeros en Aeroparque.

A través de la resolución 49/2024 de la secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial, se aprobó el “proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general”, al tiempo que se dispuso “que toda autorización para explotar servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general tendrá una duración de 15 años, desde su emisión y deberá ser renovada automáticamente si se cumpliesen los estándares de seguridad operacional”.

Asimismo, establece que “todo explotador de un aeródromo, siempre que se garantice la factibilidad operativa conforme su Manual de Aeródromo y cumplidos los estándares de seguridad operacional, deberá autorizar toda base de operaciones y escalas solicitada por los explotadores de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general”.

“En aquellos aeródromos donde la demanda de prestadores supere la oferta de espacios y recursos aeroportuarios disponibles, la autoridad de aplicación aprobará el método de asignación de los mismos preservando los criterios de la sana competencia”, aclara el documento firmado por el secretario de Transporte, Franco Mogetta.

Conflicto: permisos y habilitaciones

En paralelo, la flamante normativa permite “que los explotadores de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, puedan negociar libremente sus permisos y habilitaciones entre sí, respetando las condiciones de seguridad, las regulaciones técnicas aeronáuticas y comunicando a las autoridades competentes cuando dicha negociación importe la creación o extinción de un derecho”.

La resolución, además, instruyó “a la Administración Nacional de Aviación Civil (Anac) a derogar toda resolución o acto administrativo que establezca cuadros tarifarios relativos a cualquier tipo de servicios aeroportuarios operacionales o de rampa en general, en pos de efectivizar la desregulación tarifaria y la libertad en la determinación de precios”.

El vocero presidencial, Manuel Adorni, en conferencia de prensa anunció hoy que impulsará la

Hasta el momento, y de manera transitoria, la resolución N° 326 del 23 de septiembre de 2024 de Anac contemplaba como posibles prestadores de los servicios de atención en tierra a aeronaves únicamente a los transportadores aéreos en el formato de autoprestación o prestación a terceros transportistas.

Ahora, “cualquier persona física o jurídica podrá prestar los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general”. “El rol del operador aeroportuario y del transportista aéreo resultan esenciales para el éxito y la agilidad del sistema”, argumentó el Gobierno.

Por otro lado, la resolución ordena que, “en los supuestos de falta de prestación de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general, las Fuerzas de Seguridad, previa instrucción del Ministerio de Seguridad, podrán explotar de manera temporal y excepcional dichos servicios”.

En ese sentido, puntualmente sobre lo acontecido en la última jornada y en consonancia por lo adelantado por Patricia Bullrich, el Ministerio de Seguridad publicó en el Boletín la resolución 1199/2024, que habilita “a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) a efectuar las tareas de carga y descarga del equipaje de las aeronaves detenidas en el Aeroparque Metropolitana Jorge Newbery, por parte del personal debidamente habilitado y mientras dure la situación excepcional motivada por la huelga de operadores de plataforma o de Servicios de rampa de la empresa Intercargo”.

“La presente resolución será aplicable a todo otro aeropuerto del territorio argentino donde se produzcan situaciones similares”, indicó la normativa, que invitó a las autoridades de Intercargo “a presenciar y supervisar la operación a cargo de la PSA”.

En los considerandos, el texto cita al artículo 14 de la ley 26.102, donde se señala “que será misión de la PSA la salvaguarda de la aviación civil nacional e internacional, y la fiscalización y la adopción de medidas a fin de dar respuesta inmediata a situaciones de crisis que pudieran acontecer en el ámbito aeroportuario y en las aeronaves”.

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