La Voz del Interior @lavozcomar: El nuevo estatuto de Instituto le prohibiría al club convertirse en una SAD

El nuevo estatuto de Instituto le prohibiría al club convertirse en una SAD

El próximo miércoles desde las 18 Instituto tendrá una de las asambleas ordinarias más importantes de los últimos tiempos.

El punto cinco del orden del día propone reformar integralmente el estatuto del club.

“La reforma del Estatuto tiene como fin actualizarlo y adaptarlo a estos tiempos, incorporando derechos y proporcionando herramientas más eficaces y ágiles para la consecución de las finalidades y propósitos allí previstos”, dijeron desde Instituto.

Y agregaron: “Se pretende establecer un sistema más democrático y participativo que garantice la adecuada inclusión de todos sus Asociados/as”.

Por otra parte, remarcaron que “se tiene como objetivo consolidar el modelo Social de Club, garantizando estatutariamente, que la Institución es y será de las Socias y de los Socios quedando expresamente prohibido la adopción en el futuro de cualquier otra forma jurídica societaria con propósitos ajenos a su esencia histórica”.

En otras palabras, le dicen “no a las SAD” en medio un confortamiento abierto entre la AFA y el Gobierno Nacional por esta cuestión.

Entre los cambios más significativos del nuevo estatuto desde el propio club remarcaron los siguientes cambios como los más importantes:

Reorganizar las Categorías de Asociados/as:

• Se admite la acumulación de antigüedad al cambiar a cualquier otra categoría social existente.

• Los Socios/as Menores de 18 años integrarán la categoría de “Socio/a Menor”, acumulando antigüedad como socio/a a partir de su ingreso como tal a la Institución. De esta manera, se eliminan las categorías sociales “Cadetes” y “Adherentes”. A su vez, los Socios/as Menores podrán ejercer su derecho al voto a partir de los 16 años de edad, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en el Estatuto.

• Podrán revestir el carácter de Vitalicios los Asociados/as plenos mayores de sesenta (60) años de edad que acrediten una antigüedad mínima de treinta (30) años consecutivos como tales o que abonen de una sola vez, como mínimo, trescientas sesenta (360) cuotas mensuales como Socio/a Pleno y lo soliciten a Comisión Directiva. El número total de Socios/as Vitalicios no podrá ser superior a dos mil (2000), cerrándose los registros cuando se hubiese cubierto tal cifra, y reglamentando un sistema de vacantes con prioridad para quienes acrediten la edad y la antigüedad.

• Se garantiza la igualdad de género en la regulación de los socios/as sin admitir distinción entre Socia Dama y Socio Caballero.

• Se permite que un Socio/a pertenezca simultáneamente a más de una categoría social. Por ejemplo, un “Socio/a Pleno” puede ser reconocido como “Socio/a Honorario”, conservando todos los derechos correspondientes a su categoría original.

• Se incorpora la categoría “Socios/as Residentes en el Resto del País y Residentes en el Exterior” que son aquellos Socios/as radicados fuera de la ciudad de Córdoba, otorgándoles una serie de derechos y beneficios en torno a la participación en la vida institucional del Club.

Permitir la participación de Socios/as residentes fuera de la ciudad de Córdoba en las Asambleas, a través de plataformas de videoconferencia u otros medios virtuales, tecnológicos e informáticos de comunicación, de acuerdo a la legislación vigente.

Incrementar el número de miembros integrantes de Comisión Directiva, de 16 miembros a 20 miembros. Se incorpora el Cupo Femenino y Joven, conforme a lo estipulado por Ley Nacional del Deporte. Además, se establece el cargo “Vicepresidente Tercero”, que se encargará de coordinar la función social, cultural y educativa de la Institución. Se garantiza el cumplimiento por parte de los y las miembros de Comisión Directiva, demás Órganos de Gobierno y empleados de la Institución, de las capacitaciones en torno a perspectiva de género y violencia de género en el marco de la Ley Micaela Nº 27.499. Asimismo, se incluirán otras formaciones que ayuden a erradicar cualquier forma de discriminación, promoviendo así una Institución más justa, inclusiva, igualitaria y libre de violencias.

Establecer como requisitos de antigüedad y edad para ocupar los cargos de Presidente/a, Vicepresidente/a Primero, Vicepresidente/a Segundo, Vicepresidente/a Tercero y Secretario/a General, un mínimo de diez (10) años de antigüedad ininterrumpida como Socio/a con derecho a voto en la Institución, independientemente de la categoría, así como tener, al menos, treinta (30) años de edad.

Disponer que el Presidente/a ejercerá su mandato por un periodo de cuatro (4) ejercicios, con un máximo de dos (2) reelecciones inmediatas y consecutivas, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nacional del Deporte. Si tras su primer mandato como Presidente/a, elegido/a mediante votación en los comicios del Club o por proclamación de lista única, es reelecto dos (2) veces de manera inmediata y consecutiva, no podrá ser nuevamente elegido sino después de haber transcurrido un mandato completo.

Establecer bajo la órbita de Comisión Directiva, “Departamentos” para optimizar la eficacia en la administración del Club, permitiendo la incorporación de personal especializado en áreas específicas de trabajo. Además, se crearán “Subcomisiones” que colaboren y asesoren en la gestión institucional.

Aumentar el número de miembros de la “Junta Representativa” de 9 a 12 integrantes. Entre sus funciones se incluirá la gestión del “Registro de Peñas Oficiales” de la Institución. Además, bajo su responsabilidad estará la “Oficina de Socios/as”, encargada de recibir y responder a cualquier inquietud, proyecto, propuesta planteada por los Asociados/as de la Institución, dando un trato ágil y eficiente a los requerimientos de los asociados.

Incorporar un nuevo Órgano de Gobierno denominado “Tribunal de Convivencia” a cargo de velar por la conducta y la buena convivencia de todos/as los Asociados/as de I.A.C.C., integrado por 8 miembros.

Reglamentar la constitución y el reconocimiento de las Peñas Oficiales de I.A.C.C. ya sean Nacionales o Internacionales, según el ámbito territorial en donde se encuentren radicadas y constituidas. Se establece un sistema de objetivos, atribuciones y obligaciones para su funcionamiento.

Incluir el Voto a Distancia, lo que permitirá que los Socios/as que se encuentren fuera del área de la ciudad de Córdoba participen en los comicios para la elección de autoridades, ampliando así los derechos de la comunidad institutense.

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