El Cronista @cronistacom: Atención: AFIP sancionará a los contribuyentes que hagan esta compra sin declarar

Atención: AFIP sancionará a los contribuyentes que hagan esta compra sin declarar

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite realizar compras sin necesidad de declararlas o de proveer al organismo de datos personales para comprobar la procedencia y legitimidad del dinero.

Sin embargo, hay algunos tipos de operaciones por las que entidad pública fiscal podría implementar sanciones y realizar una investigación fiscal si no son justificadas. 

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Un conflicto con el fisco puede generar diversas consecuencias legales y económicas. Es por esto que es fundamental conocer las regulaciones vigentes y cumplir con las obligaciones tributarias para evitar problemas a futuro. 

Descubrí los tipos de compras que la AFIP sancionará en el caso de que no sean declaradas.

¿Qué compras sancionará la AFIP si no se declaran?

Se trata de todas aquellas compras abonadas con tarjeta de crédito, débito, billeteras virtuales y otros medios de pago equivalentes o que superen el monto de $ 344.488.

También entran en esta normativa aquellas pagadas en efectivo a partir de los $ 172.244 inclusive. Para ameritar este tratamiento ambos tipos de adquisiciones deberán ser realizadas como consumidor final.

Esta normativa está vigente desde julio de 2024 y fue reglamentada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) con la intensión de fomentar la transparencia fiscal y prevenir el lavado de activos.

Estos son los tipos de sanciones que pueden imponerse a compras mayores a $ 344.000.

AFIP: ¿qué sanciones puede imponer si no declaro una compra?

Inicialmente el organismo público podría enviar una notificación solicitando una declaración jurada  ya sea por mail, carta certificada o a través de la plataforma virtual de ingreso con clave fiscal solicitando más información sobre la compra. 

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La AFIP también solicitará los datos personales del consumidor registrado en la factura, incluyendo: 

  • Apellido y nombre completos
  • Domicilio fiscal
  • Número de CUIT, CUIL o CDI

Si esta información no es proporcionada a la entidad fiscal y, en caso de que se presenten irregularidades que requieran de una investigación más profunda, la administración podría incluir el análisis de las cuentas bancarias, la consulta a terceros y la aplicación de sanciones en caso de comprobarse una evasión fiscal.

Qué tipos de transferencias pueden realizarse sin declarar a la AFIP.

Transferencias: ¿pueden hacerse sin declarar a la AFIP?

De acuerdo con un nuevo comunicado de la entidad fiscal, a partir de octubre 2024, podrán realizarse sin declarar hasta el importe de $ 400.000. Una vez superado se podrían solicitar los datos de la persona.

Si se trata de operaciones iguales o superiores a $ 1.400.000 es obligatoria la declaración de la compra. La misma debe realizarse indicando tipo de transferencia, CBU/CVU y monto.

En caso de que los montos a informar estén expresados en monedas extranjeras, digitales o criptomonedas, será necesario realizar la conversión a su equivalente en moneda de curso legal argentina, utilizando el tipo de cambio correspondiente a la fecha de la operación.

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