Foros de Contadores Argentinos: Foro General • Re: ventas por internet

Foro General • Re: ventas por internet

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Nadie trata de inutil a nadie, por lo menos en mi caso.

Justamente mi respuesta venía a si tenías lectura de la normativa, que por lo que comentás, la tenés.

Ahora, en ningún lado indica la COMARB que para el caso de venta entre ausentes, tengas que obviar armar un coeficiente para los años posteriores al inicial.

Sólo eso ocurre en el caso de Regímenes Especiales, cosa que el Art. 2 no es RE.

Dicho esto, tenés que hacer coeficiente.

Y cualquier duda (siempre todo profesional tiene que ir a la fuente, al margen que lo que otro colega le diga) tenés que ir a la fuente y en este caso la fuente es la opinión a la COMARB al respecto.

Mandás un mail, te responden y te guardás eso de respaldo.

Saludos.

Estadísticas: Publicado por Estudio Contable GS — Mar May 12, 2020 3:03 am


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