El Cronista @cronistacom: Cierra el blanqueo: todo lo que hay que saber para declarar efectivo y bienes

Cierra el blanqueo: todo lo que hay que saber para declarar efectivo y bienes

La «Etapa 1» del Régimen de Regularización de Activos entra en la recta final, solo quedan 6 días en caso de que el ministro de Economía, Luis Caputo no la prorrogue, pero es tiempo suficiente según los contadores para poder ingresar. El paso a paso para exteriorizar dinero en efectivo y bienes.

Si bien en los últimos días existieron indicios de la prórroga por el cambio de postura en el círculo chico que rodea al ministro Caputo que mantiene silencio ante la consulta cuando antes era un rotundo no, aún no es oficial y la fecha de corte sigue siendo la que marca la Ley 27.743: el 30 de septiembre de 2024, inclusive.

Pese a ello, y a que hasta el día de hoy la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) continúa emitiendo resoluciones para detallar la letra chica de la iniciativa, los contadores aseguran que todavía hay tiempo para que los contribuyentes se adhieran.

«Hoy lo que hay que hacer es la adhesión al blanqueo y en caso de corresponder pagar el impuesto. Después, antes del 30 de noviembre de 2024 se debe presentar la declaración jurada y adjuntar la documentación fehaciente», afirmó el socio de Ghirardotti & Ghirardotti, Mariano Ghirardotti.

Dinero en efectivo: pago adelantado

Uno de los incentivos que podría tener Caputo para extender los plazos vendría del lado de las contribuciones que realizan -por medio del encaje- los fondos depositados en las Cuentas Especiales de Regularización de Activos (CERA) a las reservas del Banco Central de la República Argentina (BCRA). Ya que la primera etapa es en la única en que se puede exteriorizar dinero en efectivo y una vez finalizada se podrán retirar los menores a u$s 100 mil sin ningún impuesto.

Frente al escenario de incertidumbre, que perdurará hasta el día antes del vencimiento, los especialistas sostienen que los contribuyentes que quieran adherirse todavía pueden hacerlo con una serie de pasos en el sitio de la AFIP.

El paso a paso para entrar en el blanqueo de efectivo

«Se tiene que abrir la CERA, no se tiene que informar al fisco lo que se va a depositar. Si corresponde la aplicación de un impuesto por medio de la página de la AFIP se va a generar un Volante Electrónico de Pago (VEP)», destacó Ghirardotti.

Un procedimiento que compartió el contador Marcos Felice, quien en conversación con El Cronista detalló que si se exterioriza dinero en efectivo no se debe realizar el pago del impuesto de forma anticipada. Y no deberá hacerlo en la medida se mantengan por el tiempo que determina la legislación.

  «Si blanquea hasta u$s 100 mil, a partir del 1º de octubre lo puede retirar libremente sin pagar nada», sostuvo, Felice siendo una posibilidad que permitió el artículo 31, pero que podría cambiaría en caso de que Caputo extienda la fecha de corte de la «Etapa 1».  

Mientras que para aquellos que superen la franquicia de u$s 100 mil el dinero deberá permanecer, para no pagar el impuesto del 5% (sobre el total) hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive, aunque con la posibilidad de realizar inversiones.

Dónde invertir los fondos blanqueados

Esas inversiones pueden ser en títulos públicos, acciones, certificados de participación y fondos comunes de inversión y emprendimientos inmobiliarios -inscriptos en el registro de AFIP con grado de avance no mayor al 50%-) como transferirlo a otra CERA. En la última semana, se autorizó la posibilidad de hacerlo a cualquier otro tipo de cuenta para la compra de bienes productivos.

Estos comprenden maquinaria agrícola, vial, para la construcción e industria en general; pick ups; automóviles de cualquier tipo; motocicletas de cualquier tipo; bienes de consumo durables (lavarropas, televisores, etc.).

También se puede recurrir a celulares; bombas y compresores; bienes tecnológicos (estaciones, antenas, routers, chips); computadoras; vehículos; grupos electrógenos; instrumentos de medición; buques de carga; herramientas eléctricas; y bienes tecnológicos (monitores).

Bienes: pago adelantado

El procedimiento para la exteriorización de bienes es igual al de efectivo en términos de los pasos en el sitio del fisco, pero se diferencia respecto del impuesto, ya que en esta primera instancia de manifestación de adhesión se debe llevar a cabo el pago del 75% del mismo.

«Si el inmueble se valúa, por ejemplo, en u$s 150 mil, el contribuyente debe pagar el 5% (en caso de hacerlo en la primera etapa) sobre u$s 50 mil -que es el excedente de la franquicia de los u$s 100 mil-«, comentó Felice de los cuales

Las disputas con la AFIP podrían generarse durante el segundo paso: cuando se presente la declaración jurada con la respectiva documentación. «El fisco está facultado a revisar cómo llegaste a la valuación y lo presentado, ahí a un inspector puede parecerle o no correcto y eso es lo que genera inseguridad jurídica», declaró Ghirardotti.

https://www.cronista.com/economia-politica/cierra-el-blanqueo-todo-lo-que-hay-que-saber-para-declarar-efectivo-y-bienes/


Compartilo en Twitter

Compartilo en WhatsApp

Leer en https://www.cronista.com/economia-politica/cierra-el-blanqueo-todo-lo-que-hay-que-saber-para-declarar-efectivo-y-bienes/

Deja una respuesta