La Voz del Interior @lavozcomar: La corrupción siempre tiene dos protagonistas

La corrupción siempre tiene dos protagonistas

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos extraordinarios que habían presentado un par de empresarios acusados en la causa de “los cuadernos de las coimas”, quienes pretendían que la Corte Suprema de Justicia de la Nación revisara e impugnara sus declaraciones como “arrepentidos” de haber pagado coimas para obtener contratos de obra pública durante los gobiernos kirchneristas.

Con este fallo, la Cámara convalidó la decisión del Tribunal Oral 7, a cargo del juicio oral contra Cristina Fernández de Kirchner y unos 160 acusados más, en una causa que se desprendió de la investigación originalmente iniciada por el juez Claudio Bonadio, donde se investigó a la expresidenta, a Julio De Vido, a otros exfuncionarios y a numerosos empresarios por una presunta asociación ilícita que habría estado activa entre 2003 y 2015.

La línea principal de esa investigación judicial se generó por una investigación periodística del diario La Nación, de Buenos Aires, a partir de la obtención de los cuadernos en los que un exchofer del Ministerio de Planificación anotaba los viajes que hacía con algunos funcionarios para retirar los montos de dinero que debían entregar distintos empresarios que aceptaban entrar en la trama corrupta.

En la causa judicial, hubo exfuncionarios y empresarios “arrepentidos” que admitieron la existencia de ese mecanismo ilegal en el que Bonadio trató de encontrar evidencia de que representaba una cartelización de la obra pública.

De hecho, los recursos extraordinarios presentados por los dos empresarios aludidos apuntaron a demostrar que Bonadio se había excedido en sus funciones al presionar a los testigos para que le aportaran elementos que permitieran sostener su hipótesis.

Pero en dos instancias judiciales consecutivas el planteo fue rechazado con el mismo argumento: no hay nada que demuestre la necesidad de que la Corte Suprema intervenga para analizar si el juez lesionó los derechos de los acusados. En otras palabras, la Cámara ratificó que, en sus etapas iniciales, la tramitación de la causa no violó el régimen procesal.

La importancia del fallo es múltiple. Allana el camino hacia el juicio oral, instancia imprescindible para determinar la inocencia o la culpabilidad de un significativo grupo de dirigentes políticos encabezado por la expresidenta, y refuerza indirectamente el valor del testimonio de los empresarios y los exfuncionarios que aceptaron declarar amparados por la figura del “arrepentido”.

Valida, asimismo, la inclusión de un grupo de empresarios en la trama de los delitos que se investigan y de los procedimientos judiciales para encontrar pruebas que demuestren las diferentes formas en que estos participaron en las presuntas operaciones ilegales.

En consecuencia, esta causa nos arroja la más cruda evidencia de algo que el sentido común aceptó hace tiempo: la corrupción tiene dos protagonistas. De un lado, un funcionario estatal; del otro, un sujeto privado. El funcionario le asegura al privado la obtención de un beneficio a cambio de quedarse con una parte de las ganancias.

Por lo tanto, la Justicia debe investigar y juzgar a ambos por igual. Ningún participante de un esquema de corrupción debe quedar impune.

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