El Cronista @cronistacom: Atención jubilados: el Gobierno eliminará un impuesto clave en septiembre, ¿quiénes dejan de pagar?

Atención jubilados: el Gobierno eliminará un impuesto clave en septiembre, ¿quiénes dejan de pagar?

El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) confirmó un nuevo beneficio que alcanzará a miles de jubilados y pensionados. Se trata de la eliminación del pago de un impuesto clave, ¿a quiénes beneficia y cómo acceder? 

Con el objetivo de reforzar sus ingresos, la legisladora Graciela Ocaña impulsó un nuevo proyecto a través del cual los adultos mayores contarán con una exención del tributo de Alambrado, Barrida y Limpieza (ABL).

¿Quiénes dejarán de pagar el impuesto?

Los jubilados y pensionados que cobren menos de 15 Salarios Mínimos Vitales y Móviles dejarán de abonar el impuesto del ABL, lo que significará una mejora del 21% de sus haberes. 

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tendrán que ocupar efectivamente el inmueble
  • No podrán ser titulares de otros inmuebles
  • Deben percibir un haber igual o menor al doble del salario mínimo, vital y móvil, o a dos veces y media de la jubilación mínima, lo que resulte mayor
  • Deben ser propietarios, condóminos o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia
  • La valuación del inmueble no debe exceder el importe que establezca la Ley Tarifaria

¿Cómo dejar de pagar el ABL si soy jubilado o pensionado?

Los solicitantes deberán ingresar a la web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) y seleccionar la opción «Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados». 

Allí, deberán completar el formulario con sus datos personales, entre ellos: el número de partida inmobiliaria; la ubicación del inmueble; la copia del DNI, del recibo de haber jubilatorio o pensión y del título de propiedad; el formulario de solicitud de exención.

¿Cuáles son los documentos que deberán presentar para el trámite? 

  • Copia del último recibo de haber jubilatorio o pensión;
  • Título de la propiedad, ya sea escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando corresponda;
  • Si es inquilino deberá presentar el contrato de locación vigente;
  • DNI del beneficiario;
  • Último comprobante de pago del impuesto;
  • Formulario «Solicitud de Exención Jubilados y/o Pensionados» del sitio web.
  • Una escritura de usufructo en caso de requerirlo.

https://www.cronista.com/economia-politica/atencion-jubilados-el-gobierno-eliminara-un-impuesto-clave-en-septiembre-quienes-dejan-de-pagar/


Compartilo en Twitter

Compartilo en WhatsApp

Leer en https://www.cronista.com/economia-politica/atencion-jubilados-el-gobierno-eliminara-un-impuesto-clave-en-septiembre-quienes-dejan-de-pagar/

Deja una respuesta