El Cronista @cronistacom: Bienes Personales: es oficial el régimen de pago adelantado con importantes beneficios, ¿quiénes pueden acceder y cómo?

Bienes Personales: es oficial el régimen de pago adelantado con importantes beneficios, ¿quiénes pueden acceder y cómo?

Este viernes, el Gobierno publicó la reglamentación del Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP), el cual ofrece el pago adelantado del gravamen por cinco años con una conveniente alícuota del 0,45%.

Este beneficio fue propuesto por el Ministerio de Economía de Luis Caputo en el paquete fiscal que el Congreso aprobó a fines de junio y es un arma esencial para garantizar el éxito del blanqueo de capitales incluido en la misma normativa.

Este régimen voluntario, el cual también surge como una alternativa del Gobierno para aumentar la recaudación, permitirá pagar los montos de Bienes Personales de los períodos fiscales 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027 de forma unificada con una alícuota del 0,45% sobre el total del patrimonio. 

Para ponerlo en marcha, este viernes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó el REIBP a través de la Resolución General 5544/2024 publicada en el Boletín Oficial con la firma de su titular, Florencia Misrahi.

Así, ya se conocen todos los detalles, fechas y trámites necesarios para ingresar el pago adelantado de Bienes Personales por cinco años: cómo hacerlo, hasta cuándo, los beneficios y a quiénes corresponde.

Bienes Personales: los beneficios del régimen de pago adelantado

Quienes adhieran al REIBP podrán ingresar el pago del Impuesto a los Bienes Personales para los períodos fiscales 2023 al 2027, ambos inclusive, con una alícuota reducida de entre un 0,45% y un 0,5%.

Además, el artículo 21 de la resolución publicada este viernes marca que, quien haya optado por ingresar al régimen, «quedará alcanzado por el beneficio de estabilidad fiscal» que ofrece el paquete fiscal ideado por Caputo.

Así, quienes deseen adherir al REIBP podrán presentar hasta el próximo lunes 30 de septiembre de 2024, inclusive, la declaración jurada del régimen, disponible como Formulario de declaración jurada F. 3339 en el sitio web oficial de AFIP.

Noticia en desarrollo.

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