▪️Novedades AGIP▪️
✔El fisco porteño estableció que el plazo comprendido entre los días 20 de marzo y 21 de abril no deberá ser computado en la determinación del importe adeudado en Sellos.
Detalles en https://t.co/lYjcGPnoy0 https://t.co/CA0FwNGbOF
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✔El fisco porteño estableció que el plazo comprendido entre los días 20 de marzo y 21 de abril no deberá ser computado en la determinación del importe adeudado en Sellos.
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— Consejo CABA (@ConsejoCABA) May 5, 2020
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