La Voz del Interior @lavozcomar: Un defensor del Pueblo que defienda al pueblo

Un defensor del Pueblo que defienda al pueblo

El 3 de julio próximo, vence el mandato del actual defensor del Pueblo de la Provincia de Córdoba, por lo que tenemos una nueva oportunidad para mejorar la calidad institucional de los cordobeses. La pregunta es: ¿estaremos a la altura de las circunstancias?

La Defensoría del Pueblo es una institución que, con el devenir del tiempo, ha visto desdibujada la función con la que fue creada: la defensa de los derechos colectivos, la supervisión sobre la eficacia en la prestación de los servicios públicos y la aplicación en la administración de las leyes y demás disposiciones, según dispone el artículo 124 de la Constitución Provincial.

Desde que asumí mi banca de legislador provincial, he tenido el pleno convencimiento de que nos encontramos, más que nunca, frente a una oportunidad histórica para recrear las instituciones, principalmente aquellas que han caído en el desprestigio, las sospechas de clientelismo y una profunda ineficacia en el cumplimiento de sus funciones. La Defensoría del Pueblo reproduce una y otra vez, en ese sentido, un modelo que no resiste más.

Haciéndonos eco de esta situación, hemos presentado un proyecto de ley que intenta transformar abruptamente una institución que sigue cobijando lo peor de la casta política, que sólo se utiliza para subvencionar posicionamientos de su titular y que se refleja en propagandas personalistas con la cara de un funcionario en las calles de la ciudad de Córdoba.

Esto debe terminar. Nuestra iniciativa apunta a enaltecer el rol del defensor del Pueblo con una serie de requisitos de elegibilidad que garanticen que su titular sea una persona proba, con alta experiencia, con antecedentes y con especial versación en la materia. Además, se incluye la prohibición de encontrarse afiliado a un partido político, a los fines de propender a que su accionar no se encuentre condicionado por las corporaciones o a que se convierta en el trampolín ideal para escalar en una carrera política.

Por otro lado, es inaceptable que el funcionario elegido no pueda, con la competencia que tiene a cargo y con la relevancia que le otorga la propia Constitución Provincial, contar con legitimidad procesal para concurrir ante los tribunales en el cumplimiento de sus funciones, en la defensa de los derechos vulnerados de quienes representan. Por eso en nuestro proyecto proponemos expresamente el reconocimiento de la capacidad del defensor para interponer acciones en cualquier juicio, instancia o tribunal, en el marco del cometido por el cual resultó elegido.

Por último, instamos a que sea la Legislatura, encargada del nombramiento del defensor, la responsable de publicitar los antecedentes de quienes se constituyen como aspirantes al cargo.

Ante tan baja calidad institucional que atraviesa estructuralmente a nuestra Córdoba –y que queda expuesta con sólo observar una Legislatura que sesiona dos veces al mes o un gobernador que no cumple con su obligación de completar la integración del Tribunal Superior de Justicia–, es imperioso renovar la orgánica de nuestras instituciones para fortalecerlas y lograr su eficiencia, protegiéndolas del poder de turno.

“La Docta” supo ser pionera, junto con las provincias de San Juan, de San Luis, de Salta y de La Rioja, en la creación de la figura del defensor del Pueblo, incluso adelantándose al reconocimiento constitucional de dicha institución en el orden nacional, algo que recién se produjo con la reforma parcial de la Constitución, en 1994.

Fue en 1988 cuando en Córdoba se sancionó la ley 7.741, por la que se reguló el funcionamiento de la Defensoría del Pueblo, la que paradójicamente no sufrió modificaciones, lo que marcó un perfil institucional con escasas herramientas que le permitan cumplir con una verdadera defensa de los derechos del pueblo cordobés.

Desde su puesta en funcionamiento en 1989, sus titulares fueron Dante Fornasari (1989-1994), Nelson Filippi (1994-1999/2000-2005), Jessica Valentini (2006-2008) –defensora del Pueblo adjunta que, por falta de acuerdos parlamentarios en el nombramiento de un defensor, ejerció la titularidad del organismo–, y, finalmente, desde 2008 el defensor del Pueblo de la Provincia de Córdoba es Mario Decara, seguramente conocido por su semblanza en los períodos preelectorales, cuando recorremos la ciudad capital y aparece su figura en los ómnibus urbanos.

Lo tristemente llamativo es, entonces, el poco apego a principios republicanos que en la provincia de Córdoba fue asumiendo la figura. Pero estamos ante un quiebre de confianza y representatividad, donde la sociedad no resiste más que los representantes sólo miren intereses corporativos o sectoriales. Esto es inaceptable.

Tenemos una oportunidad histórica para robustecer y enaltecer una institución que otrora fue concebida como el estandarte “para la defensa de los derechos colectivos o difusos, la supervisión sobre la eficacia en la prestación de los servicios públicos y la aplicación en la administración de las leyes y demás disposiciones” (artículo 124 de la Constitución Provincial) y dar por finalizado el unicato de la Defensoría del Pueblo, que ha permitido que dicha institución, lejos de cumplir su manda constitucional, sea la bolsa de trabajo para dirigentes y militantes.

* Diputado provincial

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