El Cronista @cronistacom: Buscan regular la publicidad de las apuestas on line: qué dice el proyecto de ley

Buscan regular la publicidad de las apuestas on line: qué dice el proyecto de ley

En paralelo a los debates sobre Ley Bases y paquete fiscal, la agenda en Diputados avanza sobre una temática sensible de fuerte impacto social y económico como son las apuestas deportivas on line. De la mano de la diputada del Frente Renovador, Micaela Morán, el proyecto que se presentó en el Congreso y que apunta a regular la publicidad de los juegos en línea como parte de una campaña para concientizar y frenar la ludopatía en niños y adolescentes.

 «Impleméntese en todo el territorio nacional una campaña preventiva, dirigida a niños, niñas y adolescentes, sobre los riesgos del juego en línea mediante apuestas», reza el artículo 1° que señala a la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo como la entidad de aplicación, en coordinación con la dependencia responsable del área en cada provincia que adhiera.

El desarrollo de una política integral de concientización se despliega en la primera parte del proyecto de ley sobre regulación de las apuestas on line.  «Es fundamental diferenciar entre el juego como pasatiempo y la adicción al juego de azar. Aquellos que disfrutan de apostar ocasionalmente sin que esto afecte negativamente sus vidas se consideran jugadores recreativos. Sin embargo, las personas que apuestan de manera compulsiva, sin control y sin importar las consecuencias, pueden tener un problema de adicción al juego», reza en los fundamentos.

La segunda parte de la iniciativa apunta a limitar la publicidad de este tipo de juegos on line, tanto en lo que refiere a los mensajes en sí mismos como los canales de difusión.  En gran medida, indica, el avance de las plataformas tecnológicas y la transformación de los hábitos digitales durante la pandemia volvieron estos juegos mucho más accesibles y atractivo para los jóvenes.

«El juego con apuestas en línea (on line) se ha convertido en una preocupación creciente debido a su accesibilidad y atractivo sobre todo para los más jóvenes. Los niños, niñas y adolescentes son especialmente vulnerables a los riesgos asociados con el juego, incluyendo la adicción, el endeudamiento y los problemas de salud mental», indica

%uD83C%uDFDB%uFE0F | FRENEMOS LA LUDOPATÍA JUVENIL %uD83D%uDDD3%uFE0F Hoy en la Comisión de Adicciones de @DiputadosAR empezamos el tratamiento de mi proyecto sobre ludopatía juvenil junto con otras propuestas presentadas.%uD83D%uDED1 La gravedad de la situación requiere una urgente respuesta del estado.%uD83E%uDD1A%uD83C%uDFFBYa… pic.twitter.com/90dIiJK9Db

— Micaela Moran (@moranmica) May 28, 2024

Campaña de concientización sobre juegos de apuesta

Acorde al proyecto que se debate en la Comisión de Adicciones de Diputados, la campaña debe incluir actividades pedagógicas en los establecimientos educativos de todos los niveles destinadas a brindar contendido para reconocer la problemática de las adicciones como una enfermedad y un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos.

También se debe garantizar la difusión de material que destaque los peligros y las consecuencias negativas del juego con apuestas online y que eduque a los niños, niñas y adolescentes sobre los riesgos de las apuestas en línea, la importancia de tomar decisiones financieras informadas y la concientización digital. 

En este sentido es clave la capacitación docente en el contexto de contenidos en la temática Educación Integral sobre Adicciones y Consumos Problemáticos, señala la iniciativa. Para ello se estipula la realización de jornadas y talleres en los establecimientos educativos, con la participación tanto de profesionales como expertos en adicciones y salud mental.

También se piensa en articular con organizaciones de la sociedad civil especializadas en la prevención y tratamiento de la ludopatía, y en instituciones deportivas y culturales donde concurran y participen niños, niñas y adolescentes, y la detección y derivación al sistema de asistencia sociosanitaria ante presuntos casos de consumos problemáticos que afecten a alumnos, con la colaboración del Ministerio de Salud.

Además fija la promoción de actividades alternativas y recreativas saludables para los destinatarios citados, fomentando el desarrollo de habilidades además de la participación en actividades sociales y deportivas. 

Regulación de la publicidad del juego on line

El capítulo 2 del proyecto de ley apunta a una de las áreas más sensibles para las empresas vinculadas al juego on line y aquellos que se benefician de la comercialización de su imagen ya que apunta a regular las acciones de promoción de juegos de apuesta.

«La publicidad debe regirse por el principio de responsabilidad social, sin menoscabar ni banalizar la complejidad de la actividad del juego ni sus potenciales efectos perjudiciales sobre las personas, debiendo respetar la dignidad humana y los derechos y libertades constitucionalmente reconocidos», indica el proyecto de Morán.

En consecuencia, queda prohibida la publicidad, promoción y patrocinio de los juegos de azar, destreza y apuestas en medios de comunicación social audiovisuales en el horario de 08:00 a 23:00; colocar en la publicidad de las empresas de juego, los logos de los institutos o dependencias de lotería del Estado de las distintas jurisdicciones que les han otorgado permiso o concesión y difundir publicidad en servicios de intercambio de vídeo a través de plataforma cuyo contenido se encuentre exclusivamente dirigido a menores de edad 

También se limita su emisión en los bloques publicitarios durante, previos o posteriores en plataformas de videos dirigidos específicamente a menores de edad; su inserción en aplicaciones, páginas web, o contenidos digitales dirigidos específicamente a menores de edad y su difusión en servicios de intercambio de video a través de plataformas que no posean instrumentos para evitar que la publicidad se dirija a menores de edad

Asimismo, se prohíbe el diseño de spots o avisos orientados en forma directa o indirecta a menores de 18, en la que aparezcan menores, «o la que induzca a la asociación de la madurez con el juego» así como «la participación de deportistas, personajes famosos, figuras de relevancia pública, personajes de ficción o en su defecto la alusión a los mismos, salvo cuando protagonicen un mensaje respecto del juego responsable».

 Tampoco se podrá asociar en las publicidades a los juegos de apuestas «con el éxito personal, social o profesional» o «comunicar expectativas falsas o engañosas sobre las posibilidades de ganar, o manifestar o dar a entender que determinadas habilidades o destrezas individuales pueden influir en los resultados»

En el capítulo relacionado a la regulación de la publicidad también queda vetada la difusión «a través de soportes estáticos, digitales o cualquiera sea su formato emplazados en la vía pública o durante la transmisión de eventos deportivos, cuando el misma se emita a través de medios audiovisuales».

No se podrá «auspiciar equipos deportivos o deportistas en forma individual o utilizar su marca o denominación comercial para identificar a una instalación deportiva, estadios, academias deportivas, centros recreativos, espacios públicos, centros de entrenamiento». En la Argentina, las casas de apuestas on line ya se encuentran en las camisetas no solo de equipos de fútbol como River y Boca sino que también auspician el torneo  

A la par se limita la promoción en festivales o recitales artísticos o musicales en los que participen familias y menores de 18. 

0061 D 2024 Ley Apuestas Ad… by Cronista.com

Además de las limitaciones, el artículo 7° establece la leyenda de prevención obligatoria en toda publicidad de juegos de apuesta, «en forma destacada y lugar visible»: «EL JUEGO COMPULSIVO ES PERJUDICIAL PARA VOS Y TU FAMILIA». Junto a lo cual deberá figurar el canal de comunicación para la orientación y asistencia a personas afectadas por el juego patológico que disponga la autoridad de aplicación. 

En paralelo, las empresas de juegos de azar en línea deben poseer en sus sitios o páginas web mecanismos, herramientas o filtros que garanticen la imposibilidad de acceso de menores. «Las empresas que tengan concesiones de juego en línea al momento de la puesta en vigencia de la presente, tendrán un plazo máximo de 60 días desde la promulgación, para acreditar la existencia en sus sitios de lo establecido en el párrafo precedente», dice el articulado. 

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