#Actualidad CIDH México es responsable por mantener a dos hombres sin condena en prisión preventiva durante 17 años
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Responsabilidad internacional del Estado de México por la violación de los derechos a la integridad personal, libertad personal, a las garantías judiciales, a la igualdad ante la ley y a la protección judicial, contenidos en los artículos 5, 7, 8, 24 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención”), en relación con las obligaciones de respeto y de adoptar disposiciones de derecho interno contenidas en los artículos 1.1 y 2 del mismo instrumento, así como a los artículos 1, 6 y 8 de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. Esas violaciones a la Convención fueron cometidas en perjuicio de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, y se produjeron en el marco de su detención y privación a la libertad, del proceso penal del cual fueron objeto, de una medida de arraigo que les fue impuesta, y del período durante el cual estuvieron en prisión preventiva la cual se extendió por más de 17 años. Los hechos del caso iniciaron el 25 de febrero de 2002 y se prolongaron hasta el año 2023.
CASO GARCÍA RODRÍGUEZ Y OTRO VS. MÉXICO – CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS – 25/1/2023
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