Blog del Contador @BlogDelContador: Habrá que presentar y rectificar luego el 931 de diciembre cuando @AFIPcomunica se digne a actualizar sus aplicativos, con motivo de la nueva detracción del art. 23 ley 27541. Ojalá no pase lo mismo con el de enero por el beneficio a pymes del Dto. 14/2020. Tienen un mes.

Habrá que presentar y rectificar luego el 931 de diciembre cuando @AFIPcomunica se digne a actualizar sus aplicativos, con motivo de la nueva detracción del art. 23 ley 27541.

Ojalá no pase lo mismo con el de enero por el beneficio a pymes del Dto. 14/2020.

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