Causa sobresueldos: piden confirmar una pena contra Domingo Cavallo a tres años y medio de cárcel
El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, se pronunció por rechazar todos los recursos que presentó ante la Corte el exministro de Economía, el cordobés Domingo Cavallo, y dejar firme su condena a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por peculado, al haber cobrado sobresueldos con fondos reservados de la ex Secretaría de Inteligencia (Side) durante la presidencia de Carlos Menem (f).
El dictamen de Casal, que actúa como fiscal ante la Corte, es una opinión no vinculante para el máximo tribunal. Ahora el caso está en manos de la Corte Suprema de Justicia que debe decidir si deja firme esa condena de cumplimiento efectivo o si manda a revisarla. En caso de que la Corte confirme la condena, Cavallo podría ir a preso, aunque dado que tiene mas 70 años puede solicitar el beneficio del arresto domiciliario, según informó el diario La Nación.
La causa, con condenas
En esta causa, los jueces del Tribunal Oral Federal N° 4 condenaron también al expresidente Menem por el delito de peculado. El tribunal -que estaba presidido por el juez Pablo Bertuzzi e integrado por los magistrados Patricia Mallo y Néstor Costabel- había impuesto a Menem la pena de cuatro años y seis meses de cárcel. Pero con la muerte del expresidente el año pasado, esa acción penal quedó extinguida.
Además, los magistrados condenaron a 3 años y 3 meses de prisión al exministro Raúl Granillo Ocampo, que luego fue absuelto por la Cámara de Casación. En tanto, el tribunal había absuelto también a la ex secretaria de Medio Ambiente María Julia Alsogaray, y a los exfuncionarios Raúl Castellini, Heriberto Baeza González, José Torzillo, Enrique Kaplan y José Coronel.
Este fallo fue confirmado casi en su totalidad por la Sala II de la Cámara de Casación Penal con la firma de los jueces Ángela Ledesma y Ana María Figueroa y Eduardo Riggi, aunque resolvieron absolver a Granillo Ocampo. Riggi votó en disidencia en cuanto a Cavallo y Menem y se pronunció por la absolución con el argumento de que se había violado el plazo razonable en la duración del proceso, cuestión que rechazaron sus colegas.
Cavallo, de 75 años, recurrió a la Corte y sostuvo el mismo argumento: que se violó el plazo de duración del proceso. Dijo además que ya había sido investigado por estos hechos, se quejó de que otros acusados fueron absueltos y en cambio él fue tratado con distinto criterio y finalmente sostuvo que el hecho de incluyera sus sobresueldos pagados por la Side en su declaración jurada era la evidencia de que no pensaba que eran ilegales.
Lo que dijo Casal
Antes de decidir si confirma la condena o no, la Corte le envió a Casal la causa para que opine. El procurador entendió que corresponde rechazar los argumentos de Cavallo y dejar firme su condena. Afirmó que en este tipo de causas complejas y con la particularidad de que el delito se sigue cometiendo el plazo razonable no es automático sino que esta relacionado con las características de la investigación.
Recordó que este argumento ya fue analizado y rechazado por el Tribunal Oral y la Casación y dijo que aun cuando Cavallo insiste en que fue condenado 29 años después de transcurridos los hechos, la denuncia es de 2004, y que el ex ministro fue llamado a prestar declaración indagatoria el 28 de marzo de 2007, la que en 2009, cuando fue procesado por peculado. Y el plazo empieza a correr desde la indagatoria. El 17 de mayo de 2010 el caso fue elevado a juicio, la condena es de diciembre de 2015 y fue confirmada por la Casación el 12 de octubre de 2018.
Casal dijo que los argumentos de Cavallo ya fueron analizados y rechazados. “Observo que los agravios de la defensa quedan reducidos a la reiteración de los articulados en el recurso ante esa instancia, insuficientes para demostrar el menoscabo al derecho federal invocado y, por lo tanto, sólo trasuntan meras discrepancias en relación con la valoración de circunstancias de hecho y prueba”, que son propias de los jueces apreciar.
La sentencia cuestionada por Cavallo, dijo Casal, “ha sido sustentada razonablemente y cuenta con fundamentos jurídicos suficientes frente a una posible descalificación” y las quejas del ex ministro “evidencian sólo una opinión diversa acerca de la cuestión tratada y resuelta”.
“Por las razones expuestas, opino que V.E. (la Corte) debe declarar abstracta la impugnación concedida respecto de Carlos Saúl Menem (por su fallecimiento) y la improcedencia del recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Domingo Felipe Cavallo”, dijo Casal.
Ahora, la Corte está en condiciones de analizar el caso y resolver.
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