Res Gral 5093/2021. AFIP. Emergencia Hídrica. Cuenca del Paraná. Obligaciones fiscales. Pago. Ejecuciones. Plazos. Prórroga
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Se extiende el plazo de solicitud de determinados beneficios a contribuyentes en regiones de la Cuenca del río Paraná de la República Argentina en «Estado de Emergencia Hídrica» (Dec. 482/2021 y Res Gral 5074/2021)
Contribuyentes y Actividad: todos Región: Cuenca del río Paraná -compuesta por las Provincias de Formosa, Chaco, Corrientes, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones y Buenos Aires, sobre los márgenes de los ríos Paraná, Paraguay e Iguazú Localidades: micrositio www.afip.gob.ar/emergencia-hidrica Obligaciones fiscales: Impositivas, Seguridad Social, Autónomos y Monotributo (excepto cuotas planes de pago , retenciones y/o percepciones)
SOLICITUD. PROCEDIMIENTO Requisito: informe Contador Público con detalle actividad principal en zona de Emergencia (más 50% ingresos 7/2020-6/2021) Servicio: Presentaciones Digitales. Trámite “Zona de Emergencia-Acreditación” Plazo. Nueva fecha: hasta 17/12/2021 (ant 31/10/2021) (NUEVO)
DIFEREMIENTO DE PLAZOS DDJJ. Seguridad Social. Presentación y pago: Empleadores. Autónomos y Monotributo. Período: 27/07/2021 al 31/01/2022 (según obligación) Vencimiento. Plazo especial: 24/01/2022 al 24/06/2022 (según período) Caracterización. Sistema Registral: “515 – Emergencia Hídrica – Decreto 482/2021”. Intimaciones. Ejecuciones fiscales. Medidas cautelares: Suspensión Plazo: hasta 01/02/2022