Editorial Errepar @errepar: Santa Cruz: Régimen de regularización de deudas de los agentes de recaudación, percepción y retención y sus responsables solidarios

Santa Cruz: Régimen de regularización de deudas de los agentes de recaudación, percepción y retención y sus responsables solidarios

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La provincia de Santa Cruz, a través de la Resolución General (ASIP Santa Cruz) 95/2021 publicada el en el Boletin Oficial el día 20/7/2021, establece un régimen para la regularización de deudas de los agentes de recaudación, percepción y retención y sus responsables solidarios, provenientes de recaudaciones, retenciones y percepciones no efectuadas, efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término; con relación a los impuestos sobre los ingresos brutos y de sellos, sus intereses, recargos y multas por infracciones relacionadas con esos conceptos, devengadas al 31/5/2021 y cualquiera sea el estado en que se encuentre su pretensión, incluso las cuestionadas o pretendidas en causas judiciales.

Para ser beneficiario de dicho régimen, inexcusablemente se requerirá el acogimiento expreso del contribuyente, y conformidad con todas las disposiciones

El presente Régimen resulta de aplicación para las obligaciones tributarias adeudadas derivadas de la condición de agente de recaudación, retención o percepción, o sus responsables solidarios cuando se trate de alguno de los supuestos que a continuación se detallan:

1) Deudas por los gravámenes mencionados que hayan omitido retener y/o percibir, y/o que hayan retenido y/o percibido y no ingresado o ingresado fuera de término; devengadas al 31 de mayo de 2021, inclusive;

2) Deudas correspondientes a intereses, recargos y multas por retenciones y/o percepciones no efectuadas, efectuadas y no ingresadas o ingresadas fuera de término, o por falta de presentación de sus declaraciones juradas; de acuerdo con lo establecido en el inciso anterior.

Las obligaciones mencionadas podrán regularizarse aun cuando se encuentren en proceso de fiscalización, de determinación, de discusión administrativa o firmes, como así también cuando se encuentren en instancia de discusión o ejecución judicial, cualquiera fuera la fecha de inicio del juicio. En este último caso podrán regularizarse todas las deudas de los agentes de recaudación que correspondan de acuerdo con lo establecido en los incisos precedentes, que se encuentren en instancia de ejecución judicial, sin importar su fecha de devengamiento.

También quedan comprendidas las obligaciones mencionadas que no hubieran sido declaradas ante esta Agencia, ni detectadas, liquidadas, fiscalizadas o determinadas por este Organismo.

Las deudas podrán regularizarse en hasta 24 cuotas mensuales con un interés de financiación de hasta el 1,5% mensual.
El acogimiento al presente régimen podrá efectuarse desde el 15/7/2021 y hasta el 30/9/2021, ambos inclusive.

Mas tarde, por medio de la RG (ASIP Santa Cruz) 141/2021 publicado el 30/9/2021 se prorroga hasta el 30/11/2021 el plazo para adherir al régimen para la regularización de deudas de los agentes de recaudación, percepción y retención y sus responsables solidarios, devengadas al 31/5/2021 -RG (ASIP Santa Cruz) 95/2021-.

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